Concordia do Livre Arbítrio - Parte VII 7
Parte VII - Sobre a predestinação e a reprovação
Miembro IV: En el que examinamos el parecer de quienes afirman que la previsión del buen uso del libre arbitrio, en tanto que antecede, al menos por prioridad de naturaleza, a la primera gracia justificante, es la razón de la predestinación de los adultos
1. Enrique de Gante (Quodlibeta, 4, q. 19) sostiene que de la predestinación con respecto a su efecto no se debe aducir una causa en sentido propio, sino que en el predestinado habría que buscar la razón por la que Dios le habría querido conferir este don antes que a otro y por la que, en consecuencia, él habría sido predestinado antes que otro, del mismo modo que en el adulto habría que buscar la razón por la que uno recibe la gracia primera antes que otro. Pues como, según dice, Dios está dispuesto a ayudar a todos, aunque en el adulto no se pueda buscar razón alguna de mérito, sin embargo, en él habría una causa de congruidad, sin la cual ─y no a causa de la cual─ no recibiría la gracia que a otro se le deniega por no darse en él esta misma causa. Afirma de manera genérica que para nosotros resulta totalmente imposible saber qué congruidades se dan en nosotros y que debemos exclamar con San Pablo (Romanos, XI, 33): «¡Oh, profundidad de la riqueza…»; y también: «¡Cuán insondables son sus juicios…». Sin embargo, dice que un ejemplo apropiado de esto sería el de dos pecadores adultos cuyos corazones se excitan por el impulso de la gracia previniente, pero uno, en virtud de su libertad y de su maldad, la rechaza de inmediato y el otro no. Pues aunque ninguno de los dos merezca la gracia primera, sin embargo, no resulta inapropiado que Dios ayude a uno más que al otro y lo conduzca a la gracia, como así sucede. Por tanto, en el caso de estos hombres, la razón por la que uno recibe la gracia antes que el otro, es la congruidad que podemos reconocer en él, por el uso de su libre arbitrio, pero no en el otro; y la previsión de esta congruidad sería la razón por la que desde la eternidad Dios habría querido para él la gracia primera antes que para el otro; también sería la razón por la que, en caso de que persevere en la gracia hasta el final de su vida, sería predestinado antes que el otro. San Buenaventura (In I, dist. 41, art. 1, q. 1 y 2) y Alejandro de Hales (Summa Theologica, I, q. 28, m. 3, art. 1 y 3) defienden este mismo parecer.
2. Enrique de Gante (Quodlibeta, 8, q. 5) añade que la previsión del buen uso del libre arbitrio es la causa o, más bien, la condición que hallamos en los adultos predestinados por la que unos habrían sido predestinados antes que otros, de tal manera que el buen uso del libre arbitrio que antecede a la gracia primera sería, del modo que acabamos de explicar, la causa o la condición sin la cual no habrían sido predestinados, es decir, una congruidad por la que desde la eternidad Dios habría querido conferir a éstos antes que a otros la gracia primera que concede en un momento del tiempo; y el buen uso que sigue a la gracia primera justificante ─a través del cual perseveran en ella sin caer en pecado mortal hasta el final de sus días─ sería la causa o la condición sin la cual, desde la eternidad, Dios nunca habría querido conferirles el incremento de la gracia y la vida eterna que de hecho les confiere y, por ello, sería la causa o la condición por la que Dios habría querido predestinar a éstos antes que a otros, de quienes habría presabido que, por su culpa, no harían tal uso de su libre arbitrio. Pues, según dice, aunque no haya un buen uso del libre arbitrio ─por el que el predestinado se disponga para la gracia o, una vez alcanzada, realice obras meritorias─ que no se deba al mismo tiempo a la gracia previniente o justificante, sin embargo, puesto que se debe a la gracia de tal manera que al mismo tiempo también se debe al libre arbitrio cooperante ─que, si quisiera, podría no cooperar─, por ello, este uso puede considerarse de manera precisa en tanto que dependiente del arbitrio creado; y, considerado de este modo, según dice, todo este buen uso tomado de manera colectiva sería como una causa necesaria o, más bien, una condición por parte de los adultos, entendida como una congruidad por la que Dios habría querido todo el efecto de la predestinación para los predestinados antes que para los no predestinados y por la que, en consecuencia, aquéllos habrían sido predestinados antes que éstos. Según dice, la partes de todo este buen uso serían las causas o las condiciones de las partes de todo el efecto de la predestinación.
3. Gabriel Biel (In I, dist. 41, q. única), contra el parecer común de los Doctores, afirma que, propiamente hablando, sólo la gloria es efecto de la predestinación, porque la predestinación sólo se ocupa del fin; y, según dice, como en los adultos el mérito antecede al premio de la gloria y el premio se confiere por su mérito, en ellos estaría la causa meritoria de la predestinación con respecto al efecto. Pero ya hemos explicado anteriormente que la predestinación tiene por objeto la beatitud como fin al que se ordenan los predestinados, aunque contenga los medios a través de los cuales la alcanzan; por esta razón, debemos refutar a Gabriel Biel, en la medida en que sostiene que, propiamente, sólo la beatitud es efecto de la predestinación. Además, Gabriel Biel añade que si, junto con el Maestro de las Sentencias, decimos que también la gracia primera es efecto de la predestinación, entonces en muchos predestinados estaría la razón de la predestinación con respecto a este efecto, a saber, el buen uso del libre arbitrio que, como disposición de congruo, antecedería a la infusión de la gracia de tal manera que, sin este uso, la gracia no se infundiría. En esto coincide con los otros Doctores citados. Pero dice que la razón de la predestinación estaría «en muchos» predestinados, pero no en todos, porque, como dice, en el caso de San Pablo no hubo un buen uso anterior del libre arbitrio, sino que, por el contrario, mientras perseguía a los fieles, fue llamado a la fe y conducido a la gracia milagrosamente sólo por la voluntad y misericordia de Dios. Añade que quienes han sido santificados en el útero, como la Virgen María y otros, también han alcanzado la gracia sin una disposición previa. Esto mismo sostiene San Buenaventura.
4. Crisóstomo Javelli (Expositio ad primam partem D. Thomae, tr. de praedestinatione, cap. 5) distingue, en primer lugar, un género triple de concurso o auxilio a través del cual Dios concurre con el libre arbitrio creado, a saber: General, especial natural y especial sobrenatural. Según dice, el concurso general no basta para realizar obras moralmente buenas, aunque sí para cometer pecado o cualquier mal y para obrar acciones indiferentes. También afirma que el auxilio especial natural es necesario para que el hombre en estado de naturaleza caída pueda realizar cualquier obra moralmente buena; según dice, las obras moralmente buenas que no transcienden los límites de las obras puramente naturales ─porque en ellas no concurre un auxilio sobrenatural, sino tan sólo un auxilio especial puramente natural─ son una disposición para la gracia que convierte en agraciado; pero esta disposición no hace merecer la gracia de manera condigna, sino sólo por congruidad, aunque dándose esta disposición Dios siempre infunde la gracia que convierte en agraciado. Además, piensa que el auxilio especial sobrenatural se confiere para realizar el acto meritorio y condigno de la vida eterna y sería la propia gracia que convierte en agraciado o la caridad, que es principio eficiente de este acto.
5. Luego afirma que el buen uso previsto del libre arbitrio ─pero no el buen uso debido al auxilio especial sobrenatural, sino el que procede del auxilio especial puramente natural y antecede a la gracia primera, para la que, sólo por congruidad, dispone al hombre como acto puramente natural─ es la causa o la razón de la predestinación por parte del adulto predestinado; explica esto con el ejemplo propuesto de Jacob y Esaú y distinguiendo algunos instantes en el acto del conocimiento y de la voluntad divina. En primer lugar, piensa que Dios quiso con voluntad antecedente la beatitud para los dos ─si alcanzarla no dependiese de ellos─, cuando en ese instante no vio nada desigual en los dos hermanos, sino que los vio igualmente capaces de alcanzar la felicidad sempiterna. En segundo lugar, decidió establecer para ambos leyes iguales. En tercer lugar, decidió otorgar a ambos el auxilio universal y el particular natural, para que pudieran hacer el bien y el mal morales, según quisiesen. En cuarto lugar, tuvo la presciencia, por una parte, de que Jacob aceptaría el auxilio especial para obrar buenas acciones y obedecería la ley divina y, por otra parte, de que Esaú sólo aceptaría el auxilio general para cometer pecados y malas acciones; y quiso con voluntad absoluta recompensar a Jacob con la vida eterna, pero no a Esaú, sino que, por el contrario, a causa de la previsión de sus pecados, quiso mostrar en él su justicia. En quinto lugar, finalmente, decidió conferir a Jacob el auxilio especial sobrenatural, es decir, la gracia que convierte en agraciado, para que se hiciese merecedor de la vida eterna; y esto se habría debido a aquel primer buen uso del libre arbitrio ─en virtud del auxilio particular puramente natural─ por el que Dios previó que, por congruidad, Jacob sería digno de esta gracia y, en ese instante, se habría cumplido todo el plan de la predestinación de Jacob.
6. Además de lo que esta opinión comparte con las anteriores, habría dos cosas más por las que no me agradaría en absoluto. Primera: Porque sostiene que, para cualquier obra moralmente buena, es necesario el auxilio especial de Dios. En efecto, en nuestros comentarios a la cuestión 14, artículo 13 (disputa 5), hemos explicado lo contrario. Segunda: Porque ─y esto es lo que peor nos suena─ sostiene que todas las disposiciones que en el adulto anteceden a la gracia primera, son puramente naturales y ninguna recibiría la asistencia del auxilio sobrenatural de Dios, ni transcendería los límites de los actos puramente naturales. Sin embargo, por lo que hemos dicho en nuestros comentarios al citado artículo 13, según creemos, hay evidencia suficiente de que esto es contrario a la fe católica.
7. Si nos fijamos en aquello en lo que coinciden los Doctores que hemos citado hasta el momento, a ellos deberíamos añadir a Tomás de Estrasburgo (InI, dist. 41, art. 2), que sostiene que la causa de la predestinación de los adultos es la previsión del buen uso de su libre arbitrio, siempre que, añade, se prevea que van a perseverar hasta el final de sus días. Ciertamente, los demás Doctores admitirían esta condición, sobre todo Javelli, que menciona la opinión de Tomás de Estrasburgo como conforme a la suya.
8. Este mismo parecer sostuvo Luciano de Mantua (D. Ioannis Chrysostomi in Apostoli Pauli epistolam ad Romanos commentaria Luciano Mantuano divi Benedicti monacho interprete, cap. 9) y Domingo de Soto lo impugnacasi como error pelagiano. Por cuanto podemos colegir de los comentarios de Soto ─pues los escolios de Luciano de Mantua no han llegado a nuestras manos─, éste parece afirmar que la previsión por parte de Dios del buen uso del libre arbitrio es la causa de la predestinación de los adultos, porque, habiendo previsto Dios que unos antes que otros asentirían y cooperarían en las obras que, por ley ordinaria, Él quiso que fuesen disposiciones para la gracia primera y que, una vez obtenida ésta, perseverarían en ella hasta el final de sus días en virtud de su libertad, Dios eligió a éstos para conducirlos a la gracia primera y a la gloria y a los otros, por el contrario, los rechazó y reprobó a causa del mal uso de su propio libre arbitrio y por la previsión de sus pecados.
9. Del mismo parecer es Alberto Pighio (De libero arbitrio, lib. 8, cap. 2), pues sostiene que, como Dios ha previsto el buen y el mal uso de cada uno y está dispuesto a ayudar a cada uno a alcanzar la gracia y la gloria en función de la cualidad del uso previsto del libre arbitrio de cada uno, ha decidido conferir a algunos la gracia y la gloria, pero no a otros.
10. Asimismo, Bartolomé Camerario (Dialogi de praedestinatione) afirma que la previsión del buen uso del libre arbitrio por el que el adulto coopera para alcanzar su justificación y la gracia primera y, posteriormente, persevera en ella hasta el final de sus días, es, como mérito de congruo, la causa de la predestinación por parte del adulto o bien, ciertamente, la condición sin la cual no habría sido predestinado, de tal manera que en el buen uso del libre arbitrio de los adultos estaría la causa de la congruencia por la que Dios habría querido predestinar justamente, por ejemplo, a Pedro antes que a Judas.
Con los Doctores citados coincide Jerónimo Osorio, obispo de Silves (De Iustitia, lib. 9).
11. Aunque Domingo de Soto, en sus comentarios a Romanos, IX, sólo dispute con Luciano de Mantua, sin embargo, sostiene que el parecer de estos Doctores sabe al error de Pelagio. Pero nada más lejos que esto. Pues Pelagio afirmaba que el buen uso del libre arbitrio hecho sólo por las fuerzas naturales, es digno de la vida eterna, de la gracia y de la amistad de Dios y, por ello, cada uno puede, apoyándose tan sólo en sus propias fuerzas, resurgir del pecado y hacerse justo y digno de la vida eterna; y estos Doctores sostienen que ni el uso puramente natural del libre arbitrio, ni el efecto ya sobrenatural ─por el auxilio sobrenatural de Dios─ y tal como Él exige por ley ordinaria para que sea la última disposición para la gracia primera, se deben a una condignidad de méritos, sino que se nos confieren de manera puramente gratuita por la misericordia de Dios y sin méritos por nuestra parte. Por tanto, lo que quieren decir es esto: Aunque Dios otorgue gratuitamente los auxilios que disponen a los adultos para la gracia y, una vez que ya están dispuestos, les confiera la gracia de manera gratuita ─es decir, sin una condignidad, ni un mérito en términos absolutos que anteceda por parte de ellos─, sin embargo, desde la eternidad ha querido conferir estos auxilios y esta gracia a aquellos que, según ha previsto, consentirán libremente y de este modo cooperarán en su justificación ─tal como se nos exige hacer en un momento del tiempo─ antes que a otros que, según ha previsto, no cooperarán de este modo en virtud de su libertad; además, ha querido conferir la vida eterna a aquellos que, según ha previsto, perseverarán hasta el final de sus días en la gracia ya alcanzada en virtud de su libertad y no a otros que, según ha previsto, morirán en pecado y sin gracia por su propia culpa y mal uso de su libre arbitrio, de tal manera que, por parte de los hombres adultos, la razón por la que, desde la eternidad, Dios habría predestinado a unos y no a otros, sería la previsión del buen uso futuro del libre arbitrio ─tanto para alcanzar la gracia primera, como para perseverar en ella hasta el final de sus días─ en aquéllos y no en éstos en virtud de la libertad de unos y de otros, pero no como si, por una condignidad y un mérito en términos absolutos, este uso fuese la razón de la predestinación con respecto a su efecto, sino tan sólo por una congruidad, en la medida en que, por una parte, Dios debe querer esto en razón de su bondad, sabiduría y justicia y, por otra parte, consideradas la bondad, sabiduría y justicia divinas, la propia previsión del uso exige esto mismo también a su modo. Los argumentos de Soto no concluyen nada contra el mérito de congruo así considerado, como los demás Doctores admiten en común con toda la razón. Sin embargo, tendrían fuerza, si dijéramos que el mérito de condigno por parte del pecador antecede a la gracia primera.
12. Aunque el parecer de estos Doctores parezca probable en un primer momento, sin embargo, si pretenden que se entienda en el sentido de que Dios elegiría el uso previsto del libre arbitrio como la medida y regla por la que, desde la eternidad, habría decidido conferir los auxilios y los medios para alcanzar la salvación, de tal manera que Él tendría un deseo igual de conferir a cualquier hombre auxilios y medios para alcanzar la salvación, pero se haría desigual por la desigualdad o diversidad del uso previsto del libre arbitrio y, por ello, como razón, origen y raíz por la que unos y no otros habrían sido predestinados, podría aducirse la previsión del uso del libre arbitrio, entonces, en tal caso, no dudo de que este parecer no sólo es falso, sino que tampoco es conforme a las Sagradas Escrituras ─y todavía menos a la propia experiencia─, supone un perjuicio para la gracia divina y, por ello, considero que es poco seguro en materia de fe, por no decir otra cosa.
13. Esto puede demostrarse, en primer lugar, porque, aunque Dios nunca deniega auxilios suficientes para alcanzar la salvación a los adultos que hacen lo que en ellos está, como hemos explicado en nuestros comentarios a la cuestión 14, artículo 13 (disputa 10), sin embargo, en razón del uso futuro del libre arbitrio, no siempre concede otros auxilios que sirven para alcanzar más fácilmente la justificación y la vida eterna; es más, a veces deniega algunos auxilios a aquellos que harían un buen uso de ellos y alcanzarían la gracia y, sin embargo, se los concede a aquellos que abusan de ellos y se hacen peores, como es evidente por el pasaje de Mateo, XI, 21: «¡Ay de ti, Corazín! ¡Ay de ti, Betsaida! Porque si en Tiro y en Sidón se hubiesen hecho los milagros que se han hecho en vosotras, tiempo ha que en sayal y ceniza se habrían convertido». He aquí que a tirios y sidonios les denegó los auxilios con los que se habrían convertido y, sin embargo, se los concedió a los habitantes de Corazín y Betsaida; y estos auxilios hicieron que su condena fuese mayor. Asimismo, ¿quién puede dudar de que, si Dios hubiese concedido a muchos de los que hoy sufren tormentos en el infierno los auxilios extraordinarios que le otorgó a San Pablo cuando se dirigía a Damasco, se habrían convertido y habrían alcanzado la gracia? Por tanto, Dios no confiere los auxilios y los efectos de la predestinación en razón del uso futuro del libre arbitrio, sino que en razón de su beneplácito, por su misericordia y generosidad, sopla donde quiere, en unos menos y en otros más, pero en todos sopla lo suficiente para que puedan alcanzar la salvación: a unos les concede los dones por los que, según prevé, llegarán a la vida eterna en virtud de la libertad de su arbitrio; a otros les concede los dones con los que, según prevé, no llegarán a la vida eterna en virtud de esta misma libertad, a pesar de que, si quisieran, podrían hacerlo.
14. En segundo lugar: ¿Quién puede dudar de que, sin ninguna consideración del buen uso futuro del libre arbitrio, a los padres de la ley escrita les fueron conferidos auxilios para alcanzar la salvación mucho mayores que a los padres de la ley de la naturaleza? Las Escrituras del Viejo Testamento enseñan esto a menudo. Como dice el vate regio (Salmos, CXLVII, 20), no hizo esto a todas las gentes, ni les manifestó sus juicios. Asimismo, ¿quién puede dudar de que en el tiempo de la gracia se donaron auxilios todavía mucho mayores que en el tiempo de la ley escrita y que, por esta razón, en la Iglesia cristiana los predestinados han sido proporcionalmente muchos más y para una gloria mucho mayor que en la Sinagoga y que en la Sinagoga los predestinados fueron muchos más que en la Iglesia de la ley natural? Sin lugar a dudas, además de que los sacramentos ilustres y salutíferos que Cristo instituyó en la ley de la gracia ─así como muchas otras cosas─ testimonian esto con toda claridad, Cristo también enseña esto mismo claramente en la parábola de la viña (Mateo, XX, 1-16). Pues el amo mandó remunerar el trabajo mucho menor de aquellos que fueron llamados a última hora ─es decir, en el tiempo de la gracia─ con una recompensa igual que la de aquellos que trabajaron mucho más, porque, a causa de las ayudas de los sacramentos, de los mayores auxilios y de la gracia que en la ley de la gracia se confieren por los méritos e institución por parte de Cristo, el trabajo mucho menor de quienes están en la ley de la gracia resulta igual o más fructífero que el trabajo mayor de quienes vivieron antes del tiempo de la gracia. Por esta razón, los últimos fueron los primeros y el amo mandó que la retribución de la recompensa comenzase por ellos; y a aquel que se quejó, diciendo: «Estos últimos han trabajado sólo una hora y los has igualado con los que hemos soportado el peso del día y el calor»; el amo, refiriéndose a su gracia y generosidad y no al buen uso y la diligencia de quienes sólo trabajaron una hora, le contestó lo siguiente: «Amigo, no te hago agravio; ¿no has convenido conmigo en un denario? Toma lo tuyo y vete. Yo quiero dar al último lo mismo que a ti. ¿No puedo hacer lo que quiero con mis bienes? ¿O has de ver con mal ojo que yo sea bueno?». El mismo testimonio hallamos en la bendición llena de misterios con la que Jacob (Génesis, XLVIII, 13-20) bendijo a sus nietos Efraim y Manasés. Pues habiendo colocado su padre José a Efraim, que era el menor, a la izquierda de Jacob y a Manasés, que era el mayor, a su diestra, Jacob, cambiando las manos y extendiendo sus brazos en cruz, puso su diestra sobre Efraim y su mano izquierda sobre Manasés, prefiriendo así al menor sobre el mayor; de este modo, enseñó y predijo clarísimamente que, en los tiempos del Mesías, la Iglesia más joven debería preferirse sobre la Sinagoga y debería enriquecerse con los dones mayores que los méritos, la pasión y la cruz de Cristo otorgarían a las dos Iglesias. Por esta razón, Cristo, volviéndose a sus discípulos (Lucas, X, 23-24), les dijo: «Dichosos los ojos que ven lo que vosotros veis, porque yo os digo que muchos profetas y reyes quisieron ver lo que vosotros veis y no lo vieron; y quisieron oír lo que oís y no lo oyeron».
15. En tercer lugar, casi presentamos el mismo argumento: ¿Quién puede dudar de que, si a los pueblos que existieron con anterioridad a la llegada de Cristo se les hubiese predicado el Evangelio con tantos milagros y señales como se hicieron para confirmación de éste y si hubiesen tenido los sacramentos y las demás ayudas para la salvación que el pueblo cristiano posee en abundancia, muchos de aquellos que hoy están en el infierno, habrían hecho de estas ayudas y de su libre arbitrio un uso mejor que el que hacen muchos cristianos que se encuentran entre los predestinados y habrían alcanzado una beatitud igual o incluso mucho mayor que la de éstos? Pues, como afirma San Jerónimo o quien sea el autor de la Epistula ad Demetriadem virginem, muchos de los antiguos filósofos hicieron un uso mucho mejor de su libre arbitrio que muchos de entre los cristianos, a pesar de que nadie dudará de que entre los cristianos hay muchos más que han hecho un uso peor de su libre arbitrio y han alcanzado la vida eterna. Por tanto, Dios no decide conceder los auxilios y efectos de la predestinación en razón del uso futuro del libre arbitrio.
Este mismo argumento puede formularse a propósito de los pueblos a los que, con posterioridad a la llegada de Cristo, todavía no han llegado los nuncios del Evangelio por lo alejados que se encuentran. En este caso se encontrarían las islas japonesas, que tras haber sido ahora, por vez primera, descubiertas y recorridas por los portugueses, han recibido la luz del Evangelio con sumo gozo y un fruto increíble; y sabemos que, desde su origen, esta nación supera a muchos pueblos en costumbres y en el uso de su libre arbitrio.
16. En cuarto lugar: ¿Quién puede dudar de que muchos fueron arrojados al infierno, habiendo cometido menos delitos que María Magdalena ─que fue mujer pecadora en la ciudad─ y que el ladrón que fue crucificado con nuestro Señor Jesucristo, a pesar de que éstos se encontrasen entre los predestinados? Por tanto, Dios no suele conferir los efectos de la predestinación en razón de la previsión del uso del libre arbitrio. Añádase que, a menudo, Dios termina misericordiosamente con la vida de algunos hombres justos antes de que abandonen la gracia, porque, según prevé, harían un mal uso de su libre arbitrio, si vivieran más tiempo; así leemos en Sabiduría, IV, 11: «Fue arrebatado para que la maldad no pervirtiera su inteligencia, ni el engaño sedujera su alma»; aunque también permitió que Saúl ─que, según sabemos, antes había sido un hombre justo─ y muchos otros cayeran posteriormente en graves pecados y murieran en ellos.
17. En quinto lugar: Dios confiere misericordiosamente el efecto de la predestinación a algunos de los niños que abandonan esta vida antes de llegar al uso de razón y a otros se lo niega, porque algunos de ellos mueren bautizados y otros sin bautizar. Por tanto, de la misma manera, aunque no niegue el auxilio suficiente para la salvación a ningún adulto, sin embargo, a algunos les confiere misericordiosamente los auxilios con los que, según prevé, alcanzarán la vida eterna y, por ello, los ha predestinado; pero a otros les niega estos mismos auxilios, con los que, si les fuesen concedidos, alcanzarían la vida eterna.
18. En sexto lugar: Esto mismo puede demostrarse con testimonios de las Sagradas Escrituras. Pues San Pablo (Efesios, I, 5) dice: «... predestinándonos para ser sus hijos adoptivos por medio de Jesucristo, según el beneplácito de su voluntad, para alabanza de la gloria de su gracia»; y añade: «A Él, por quien entramos en herencia, predestinados según su designio, pues hace todo conforme a la decisión de su voluntad». Por tanto, como San Pablo dice que hemos sido predestinados según el designio de la voluntad de Dios, para alabanza de la gloria de su gracia, y que por Él entramos en herencia y somos predestinados según su designio, pues hace todo conforme a la decisión de su voluntad, entonces es evidente que Dios no ha decidido conferirnos todo el efecto de la predestinación en función de la cualidad del uso previsto del libre arbitrio, como si este uso fuera la medida de los efectos de la predestinación o la raíz y origen de nuestra predestinación; pues si esto fuese así, San Pablo no diría que entramos en herencia y somos predestinados según el designio de la voluntad divina, sino que diría que lo somos por la cualidad del uso previsto del libre arbitrio. Asimismo, en Colosenses, I, 12, dice: «... gracias al Padre, que os ha hecho aptos para participar en la herencia de los santos»; aquí denomina «herencia» al efecto de la predestinación. En II Timoteo, I, 9, dice: «... que nos ha salvado y nos ha llamado con una vocación santa, no por nuestras obras, sino por su propia determinación y por su gracia»; Romanos, IX, 12-15: «... que depende no de las obras, sino del que llama; y le fue dicho: El mayor servirá al menor; y también: Odié a Jacob... Seré misericordioso con quien lo sea; me apiadaré de quien me apiade»; y concluye: «Por tanto, no se trata de querer, ni de correr, sino de que Dios tenga misericordia». También en Salmos, XVII, 20, dice el salmógrafo: «... me salvó porque me amaba». Todos estos pasajes dan a entender con toda claridad que Dios no decide conferir el efecto de la predestinación en función de la cualidad del uso previsto del libre arbitrio, sino en razón de su beneplácito y voluntad.