Concordia do Livre Arbítrio - Parte VII 14

Parte VII - Sobre a predestinação e a reprovação

Miembro XI: Parecer del autor sobre la predestinación1. Una vez presentado en los dos miembros anteriores el fundamento del efecto de la predestinación, en las siguientes conclusiones vamos a explicar qué debe pensarse sobre la predestinación eterna de Dios.2. Por tanto, esta es nuestra primera conclusión: El plan del orden y de los medios a través de los cuales, según Dios prevé por ciencia natural y media ─que se encuentra entre la ciencia libre y la puramente natural─, una criatura dotada de entendimiento alcanzará la vida eterna, junto con el propósito o la determinación de la voluntad divina de ordenar por su parte ejecutar este plan, es la predestinación de dicha criatura.

Esta conclusión es evidente por todo lo que hemos dicho, sobre todo en nuestros comentarios al artículo primero.
3. Segunda conclusión: Aunque el adulto que así ha sido predestinado, alcance con certeza ─es decir, sin engaño alguno por parte de Dios─ la vida eterna, sin embargo, esta certeza no procede de los medios, ni del efecto de la predestinación, sino de la presciencia divina, a través de la cual, en virtud de la altitud y de la perfección ilimitada de su entendimiento, que va más allá de aquello que la propia naturaleza de la cosa posee, Dios conoce con certeza que el predestinado, en virtud de su libertad, va a cooperar por medio de su arbitrio de tal manera que, con estos mismos medios, realmente debe alcanzar la vida eterna, a pesar de que, si quisiera, de hecho podría obrar de tal modo que, por una parte, estos medios y este efecto de la predestinación no tuviesen lugar y, por otra parte, él mismo no alcanzase la vida eterna. De este modo, puesto que de por es incierto ─así como dependiente de la libertad del propio arbitrio creado─ que el predestinado, puesto en el orden de cosas en que Dios decide colocarlo, vaya a cooperar con los auxilios a través de los cuales Dios decide ayudarlo a fin de que, por una parte, se produzca todo el efecto de la predestinación y, por otra parte, en razón de este efecto, el predestinado alcance la vida eterna, por ello, Dios conoce con certeza, en virtud de la altitud de su entendimiento y con anterioridad a cualquier acto de su voluntad, qué va a suceder en razón de la libertad de arbitrio del predestinado, aunque también conocería lo contrario, si, como es posible, así fuese a suceder realmente; además, al añadírsele la determinación de la voluntad divina, por la que Dios quiere ponerlo en este orden de cosas y entregarle tales auxilios, por esta misma razón, el predestinado sigue estándolo.
Todo esto es evidentísimo, tanto por el fundamento que hemos ofrecido en los dos miembros anteriores, como por lo que ya hemos explicado por extenso en nuestros comentarios a la cuestión 14, artículo 13, así como en nuestros comentarios a esta y a la anterior cuestión. De ahí que San Pablo (II Timoteo, II, 19) redujera a este motivo la certeza de la predestinación divina, diciendo: «Pero el sólido fundamento de Dios se mantiene firme con este sello (por el que se vuelve seguro y firme): El Señor conoce a los que son suyos». Y cuando añade: «Apártese de la iniquidad quien tome en sus labios el nombre del Señor. En una casa grande no hay sólo vasos de oro y plata, sino también de madera y barro; los primeros para usos de honra, los segundos para usos viles. Quien se mantenga puro de estos errores, será vaso de honor, santificado, idóneo para el Amo, dispuesto para toda obra buena»; explica con toda claridad que, sin que pueda impedirlo el firme fundamento de la predestinación, en la potestad de cualquier adulto está, mientras forma parte de la Iglesia militante, mantenerse puro y convertirse en vaso de honor o mancharse con los pecados y convertirse para siempre en vaso para usos despreciables.
4. Además, por todo ello, cualquiera entenderá fácilmente que, en sentido dividido, el adulto predestinado puede no alcanzar la vida eterna por la siguiente razón, a saber, porque ─sin que la predestinación antecedente y eterna de Dios pueda impedirlo y sin que ésta infiera ninguna necesidad al arbitrio del predestinado por medio de los dones o de la cooperación divina, siendo éstos los efectos de la predestinación─ el adulto predestinado, en virtud de su libertad innata, puede actuar de tal manera que incurra en miseria sempiterna, como si no se hubiese producido previamente una predestinación. Pero en sentido compuesto el adulto predestinado no puede perder la felicidad sempiterna, en primer lugar, porque no pueden concordar estas dos cosas, a saber, que este adulto haya sido predestinado y que pierda la felicidad sempiterna; y, en segundo lugar, porque si este adulto, como está en su potestad, fuese a abusar de su arbitrio de tal manera que perdiese la felicidad sempiterna, entonces Dios no habría presabido que éste alcanzaría la vida eterna a través de los medios que, por su parte, Él hubiese decidido conferirle y, por consiguiente, la voluntad de conferir estos medios no completaría un plan de predestinación, sino tan sólo un plan de providencia con respecto a la vida eterna; ahora bien, esto no es así porque la predestinación preexistente o los dones y la cooperación divina, que son efectos de aquélla, infieran al arbitrio del predestinado una necesidad de obrar de tal modo que alcance la vida eterna. Pues, sin lugar a dudas, esto sería contrario a la fe católica y a la libertad de arbitrio, que permanece ilesa a pesar de la preexistencia de la predestinación eterna de algunos hombres y de la reprobación de los demás por parte de Dios, como es evidente por lo que hemos dicho en nuestros comentarios a la cuestión 14, artículo 13, así como en nuestros comentarios a esta y a la cuestión anterior.
5. Por todo ello, también es evidente de qué modo concuerda la libertad del adulto ─tanto para alcanzar la vida eterna, como para acabar en la miseria eterna─ con su predestinación eterna. En efecto, conciliar la libertad de arbitrio con la predestinación eterna, no entraña otra dificultad que la que hallamos al tratar de conciliar esta misma libertad con la presciencia divina de los futuros. Pues, como ya hemos explicado, en la predestinación eterna no hallamos otra certeza de que el predestinado vaya a alcanzar la beatitud sempiterna que la certeza que hallamos en la presciencia divina por la que Dios conoce con certeza que aquel para quien ha preparado, en virtud de su disposición eterna, unos u otros auxilios y medios, alcanzará la vida eterna, aunque si quisiera, en realidad podría no alcanzarla; además, en nuestros comentarios a la cuestión 14, artículo 13 (en la disputa 49 y en las cuatro siguientes), ya hemos explicado por extenso y, si no nos engañamos, con toda claridad que la libertad del arbitrio creado y la contingencia de todas las cosas concuerdan con la certeza de la presciencia divina.
6. Tercera conclusión: La certeza de que los niños predestinados vayan a alcanzar la vida eterna, no procede de la certeza de los medios o del efecto de la predestinación ─que en no es algo que se vaya a producir con toda certeza─, sino que procede de la certeza de la presciencia divina, a través de la cual, en virtud de la altitud de su entendimiento, Dios conoce con certeza que va a suceder algo que en es incierto y puede no darse.
Demostración: En primer lugar: Si en el estado de inocencia Adán no hubiese pecado ─como estaba en su potestad─, quizás le habrían seguido otros hombres que habrían nacido distintos de los que realmente le siguieron, una vez cambiadas todas aquellas circunstancias que ─a causa de la caída de los primeros padres─ cambiaron con respecto a su curso natural, como explicaremos en nuestro Tractatus de opere sex dierum. Aunque se hubiese dado el mismo número de hombres, no obstante, ninguno de ellos habría alcanzado la vida eterna sin el uso de la razón; asimismo, ninguno habría sido predestinado en Cristo y por Cristo ─esto es, por medio de los dones a los que Cristo nos ha hecho merecedores─, sino por el don de la justicia original y por otros dones muy distintos de aquellos en virtud de los cuales los niños predestinados alcanzan la beatitud; por tanto, como la única certeza de que Adán fuese a pecar se dio en la presciencia divina, por la que Dios conoció con certeza el pecado que Adán pudo evitar, por ello, la certeza de que los niños predestinados alcancen la salvación a través de los medios por los que, desde la eternidad, Dios quiere que la alcancen, no procede de la certeza de los medios y del efecto de la predestinación en mismo, sino de la certeza de la presciencia divina.
En segundo lugar: Que los niños predestinados hayan alcanzado la salvación por los medios a través de los cuales Dios los ha predestinado, depende, por una parte, de que hayan nacido y no hayan muerto antes de que se les haya aplicado el remedio contra el pecado original y, por otra parte, de que no hayan llegado al uso de razón; sin embargo, excluida la presciencia en virtud de la cual, gracias a la altitud de su entendimiento, Dios conoce con certeza todas estas cosas como futuras, ninguna de ellas posee certeza, sino que, antes bien, sin que la presciencia divina pueda impedirlo, cada una de ellas es en misma contingente y puede no producirse, puesto que estos niños podrían no haber nacido, si sus padres, sus abuelos, sus bisabuelos y sus demás ascendientes hasta llegar a Adán no hubiesen concurrido a su generación; también, por distintas razones, pudo haberse impedido la concepción y nacimiento de cada uno de ellos en el útero materno; también pudieron haber muerto antes de que se les hubiese aplicado el remedio contra el pecado, por haber comenzado una guerra, conflicto o cualquier otra causa; asimismo, pudo haber sucedido que no se les aplicase el remedio contra el pecado, porque se les aplicó libremente; además, pudieron haber llegado al uso de razón muchos de los que, por distintas causas que podrían haberse impedido, no llegaron a ella. Por tanto, excluida la certeza de la presciencia divina, ni en los medios, ni en el efecto de la predestinación de los niños, podemos hallar certeza alguna de que éstos vayan a alcanzar la vida eterna.
Todo esto también demuestra que en los efectos de la predestinación de los adultos tampoco podemos hallar certeza alguna de que vayan a alcanzar la beatitud, excluida la certeza de la presciencia divina.
7. Cuarta conclusión: La causa del efecto íntegro de la predestinación del adulto no se encuentra en el propio predestinado, sino que toda ella debe reducirse a la voluntad de Dios ─como causa─ que predestina misericordiosamente. Bajo el efecto íntegro de la predestinación incluimos no sólo todos los efectos sobrenaturales del orden de la gracia ─comenzando por la primera vocación interna a la fe, hasta la consecución de la vida eterna─, sino también todos los demás medios a través de los cuales al adulto se le ayuda y se le conduce hacia la vida eterna, como la vocación externa, haber nacido en un momento determinado, de unos padres y no de otros, con una complexión determinada, &c., y, finalmente, haber sido colocado en una parte de todo un orden de cosas y de circunstancias ─en el que, según Dios prevé, alcanzará libremente la vida eterna─ antes que en otra parte de este mismo orden o en la misma pero con una variación tal de circunstancias que el resultado fuese el contrario, o en cualquier otra de entre los infinitos órdenes que Dios pudo crear, en la que, si se le colocase, Dios prevería su alejamiento de la felicidad sempiterna para pasar a la miseria extrema en virtud de su libertad.
En efecto, en el predestinado no está la causa de todos estos efectos.
8. Pues si estuviese en él, o bien esta causa precedería a todo este conjunto de efectos, o bien lo acompañaría, o bien sería posterior a ─por lo menos─ alguna parte de él.
En primer lugar, no puede preceder, en tanto en cuanto no puede atribuirse al predestinado nada que anteceda a la integridad de este efecto. Pues el uso del libre arbitrio que más podría atribuírsele aparece con posterioridad a su nacimiento como predestinado, con una complexión determinada, en un momento determinado, de unos padres, concurriendo muchas otras circunstancias; es más, este uso no sólo aparece tras haber sido colocado en este orden de cosas, sino también tras haber alcanzado en él el uso de razón. Además, el propio uso íntegro del libre arbitrio, en tanto que procede de Dios por todos estos dones y beneficios ─tanto naturales, como sobrenaturales─, está incluido en el efecto íntegro de la predestinación como parte suya, como ya hemos dicho; por tanto, no es una causa que anteceda al efecto íntegro.
9. En segundo lugar, esta causa no puede acompañar a la totalidad del efecto, porque ya hemos explicado que todo lo que puede atribuirse al predestinado, aparece con posterioridad a muchas de las cosas que este efecto produce. Además, tampoco puede darse esta concomitancia, porque, como ya hemos explicado por extenso en el miembro 4, el buen uso del libre arbitrio ─incluido aquel que en los adultos antecede por naturaleza a los dones de fe, esperanza, caridad y gracia primera─ de ningún modo puede ser causa o razón de la predestinación en cuanto a su efecto íntegro ─también sobrenatural─, como si, en razón de la previsión de este uso, Dios decidiese conferir todos sus dones y auxilios para la salvación y este uso fuese, por así decir, regla y medida en función de las cuales predestinase a unos antes que a otros; por el contrario, hemos explicado que Dios ─al decidir no negar a nadie auxilios suficientes para que aquel que hace todo lo que está en él alcance la salvación─ decide distribuir según le place sus dones y auxilios, tanto naturales, como sobrenaturales, de manera más abundante en un momento que en otro y no sólo en momentos distintos, sino que también en uno y en el mismo momento concede sus dones de manera más abundante a unos que a otros; ya hemos demostrado que lo contrario suprime la gracia divina y se opone abiertamente a las Sagradas Escrituras y en cierto modo a la propia experiencia, como ya hemos dicho en el lugar mencionado.
10. Finalmente, que en el predestinado no pueda darse una causa posterior a una parte del efecto de la predestinación, se demuestra de la siguiente manera: Si se diese alguna, sobre todo sería la totalidad del buen uso del libre arbitrio, tanto el que antecede a la gracia primera, como el que sigue a ésta. Pero en los miembros 4 y 5 hemos demostrado claramente que este uso no es causa o razón por parte del predestinado para que Dios decida distribuir sus dones de tal manera que unos sean predestinados antes que otros, ni para que quiera conferirles estos dones ─tanto naturales, como sobrenaturales─ que preceden a este buen uso, ni para que, finalmente, al decidir crear estas almas en un momento y en un lugar antes que en otros y en unos cuerpos antes que en otros, decida colocar a unos hombres y no a otros en la parte ─dentro del orden de cosas y circunstancias─ en la que, según prevé, alcanzarán la vida eterna. Por tanto, en el adulto predestinado no podemos hallar nada que sea causa del efecto íntegro de la predestinación, sino que debemos reducir todo a la voluntad de Dios como causa, porque es Él quien quiere conferir a cada uno misericordiosamente el beneficio de la predestinación.
11. Si bajo el sintagma «efecto de la predestinación» se entienden aquellos efectos que se producen dentro del orden sobrenatural de la gracia, también será verdadera la conclusión que hemos presentado. Pues al predestinado no puede atribuírsele ninguna causa que anteceda al conjunto de estos efectos, exceptuando únicamente la voluntad libérrima de Dios. En efecto, si hubiese alguna, sería sobre todo la previsión del buen uso del libre arbitrio. Pero los auxilios de gracia previniente y excitante anteceden a todo este uso, que depende tanto de ellos, como del libre arbitrio, en caso de que ─al menos como disposición─ se dirija hacia la vida eterna. Además, que estos auxilios sean mayores o menores y, finalmente, tal como es necesario que sean para que muevan de manera eficaz al libre arbitrio y lo hagan perseverar en la gracia ─desde su última recepción hasta el fin de la vida─, no es mérito nuestro, sino tan sólo de la voluntad de Dios, que, por una parte, prevé cuánto auxilio es necesario para que cada uno realice las dos cosas y, por otra parte, lo otorga libremente. Pues a menudo vemos que alguien que durante mucho tiempo ha actuado diligentemente al final se aparta de la gracia y resulta condenado y, sin embargo, otros que no se han portado tan bien, ni han alcanzado tanta perfección, perseveran en la gracia hasta el final de su vida o súbitamente se apartan de pecados gravísimos y muy prolongados y, sobreviniéndoles la muerte de manera inmediata, emprenden el vuelo hacia el cielo, como las Sagradas Escrituras atestiguan a propósito del ladrón que fue clavado en la cruz junto a nuestro Señor Jesucristo. Asimismo, que un hombre justo muera prematuramente de manera misericordiosa, para que «la maldad no pervierta su entendimiento», y otro hombre justo goce de una vida más larga, tras prever Dios que el primero caería en pecado y se condenaría ─como le sucedió a Saúl, del que las Escrituras afirman que no hubo nadie mejor que él en Israel─, no debe atribuirse al mérito del hombre; tampoco sucede que, en razón de un uso anterior del libre arbitrio o de la presciencia que de él se tiene, se confiera una cosa o la otra, sino que esto se produce tan sólo en razón de la voluntad libre y la disposición eterna de Dios; todo esto es evidente por mismo y por lo que hemos dicho en nuestros comentarios a la cuestión 13, artículo 13. Por tanto, no podemos atribuir al predestinado adulto la causa del efecto íntegro de la predestinación dirigida al orden de la gracia, sino que únicamente debemos reducirla a la voluntad libre de Dios como causa. Finalmente, todo esto se demuestra claramente con todo aquello a través de lo cual, en los miembros 4 y 5, hemos demostrado que ni el buen uso previsto del libre arbitrio que antecede ─al menos por naturaleza─ a la gracia primera, ni el que sigue a ésta, son causa o razón de la predestinación de los adultos. Como ya hemos explicado, en esta conclusión coincidimos con Santo Tomás y con el parecer más común entre los escolásticos, que hemos ofrecido en el miembro 6.
12. Refiriéndose a esta misma cuestión y a otras semejantes ─aunque de manera demasiado profunda como para que podamos explicarla─ en Efesios, I, y en otros lugares ─que ya hemos citado al final del miembro 4─, San Pablo atribuye la predestinación y su efecto a la voluntad libre de Dios, cuando dice: «… y nos predestinó para ser adoptados como hijos suyos por Jesucristo, conforme al beneplácito de su voluntad, para alabanza del esplendor de su gracia… en Él, en quien hemos sido declarados herederos, predestinados según el propósito de aquel que hace todas las cosas conforme al consejo de su voluntad &c.». Como es evidente para todo aquel que lea esta epístola, San Pablo se admira de la magnitud del beneficio de que, en virtud de su eterna providencia, Dios decidiera disponer las cosas de tal manera que, de entre tantos hombres como había en el mundo en ese momento y como había habido antes de la llegada de Cristo y de entre todos los judíos que esperaban la llegada de Cristo, le hubiese elegido a él y a otros servidores del Evangelio, para revelarles el misterio de Cristo y de la reconciliación del género humano con una plenitud de gracia y de dones tan grande que les impulsase a difundir el mensaje del Evangelio por el mundo; al mismo tiempo también ensalza el beneficio que, en virtud de esa misma providencia, se les ha conferido a los efesios, gracias al cual, de entre una multitud tan grande de hombres, son ellos los que han recibido la enseñanza del Evangelio y han sido liberados de la infidelidad y los pecados gracias a tantas bendiciones de dulzura. Así pues, al comienzo de su epístola, prorrumpe en acción de gracias por que tanto él como los demás apóstoles, casi como herederos en Cristo, hayan sido predestinados y elegidos ─con plenitud de sabiduría y de dones─ para una labor tan grande. Luego ensalza el beneficio conferido a los efesios, es decir, que el Evangelio haya llegado a ellos y que, como creyentes, hayan sido señalados por el Espíritu Santo de la promesa, que es señal de heredad. Por esta razón, en lugar de los efesios, él mismo da gracias a Dios y les pide que reconozcan cuál es la esperanza de su vocación &c. También en su carta, un poco más adelante, les exhorta a caminar con dignidad en la vocación por la que han sido llamados y a abstenerse de caer en pecado, para que así perseveren y crezcan en la gracia recibida. Por ello, en esta epístola dice que él y los demás apóstoles han sido predestinados, pero no así los efesios, de los que sólo afirma que han sido llamados a la fe y a la gracia.
13. También en el capítulo 9 de la Epístola a los romanos y en los dos siguientes ─admirado por el orden de la providencia divina y por el designio eterno de Dios de distribuir sus dones según su voluntad, de permitir la caída de algunos y de levantar a otros durante todo el decurso de su Iglesia, que comenzó en Abraham, a quien Dios prometió que Cristo sería descendiente suyo, y que por Cristo continuará hasta el final de los siglos─, afirma que el efecto de la predestinación debe atribuirse a la voluntad divina y no al libre arbitrio creado. Pero dejando lugar tanto para los dones de Dios, como para el libre arbitrio del hombre ─como será evidente para todo aquel que reflexione sobre estos tres capítulos─, admirado por el designio eterno de Dios, en primer lugar en relación al orden de cosas que comenzó con Abraham y que llegará hasta el final de los tiempos antes que en relación a cualquier otro que hubiese elegido, en segundo lugar en relación a la permisión de las caídas que, según preveía, se producirían por culpa y por la libertad de los hombres ─especialmente la caída de los judíos por la muerte de Cristo─ hasta la entrada en la Iglesia de la totalidad de los gentiles, y, en tercer lugar y finalmente en relación a la distribución de sus dones, en la medida en que decide distribuirlos de manera sapientísima, concluye el capítulo undécimo con esa exclamación digna de un designio tan grande y tan profundo, diciendo: «¡Oh profundidad de la riqueza, de la sabiduría y de la ciencia de Dios! ¡Cuán insondables son sus juicios e inescrutables sus caminos! Porque ¿quién conoció el pensamiento del Señor? ¿O quién fue su consejero? ¿O quién le dio primero, para que tenga derecho a retribución? Porque de Él, por Él y para Él son todas las cosas. A Él la gloria por los siglos. Amén».
14. Pero para que se entienda lo que ─según el principio del capítulo noveno─ atañe a nuestro propósito, hay que saber que, al decir: «Cuando aún no habían nacido &c.», bajo los nombres «Jacob» y «Esaú», San Pablo no entiende tan sólo a estos dos hermanos, sino sobre todo a los pueblos que nacerían de ellos, a saber, por una parte, la Iglesia de la Sinagoga junto con su progenitor Jacob, a quien Dios confirió tantas ayudas para la vida eterna, y, por otra parte, los descendientes de Esaú junto con su progenitor, a quienes denegó estas mismas ayudas ─dejándolos con auxilios comunes─ que no negó al resto del conjunto de los gentiles.
Que bajo los nombres «Jacob» y «Esaú» San Pablo entendiese no sólo a estos dos hombres, sino también a sus pueblos junto con sus progenitores, puede demostrarse con toda claridad.
En primer lugar, porque Esaú nunca sirvió a su hermano Jacob, sino que fueron los idumeos descendientes de Esaú quienes sirvieron a los descendientes de Jacob; y San Pablo se refiere a aquéllos, de los que se dijo: «… el mayor servirá al menor».
En segundo lugar, porque con las palabras: «… por el que llama, se le dijo: Porque el mayor servirá al menor», San Pablo refiere las palabras que a la madre Rebeca (Génesis, XXV, 23), cuando ésta le consultó, le respondió el Señor diciéndole: «Dos pueblos llevas en tu seno. Dos pueblos que al salir de tus entrañas se separarán. Una nación prevalecerá sobre la otra. Y el mayor servirá al menor»; aquí se está hablando de pueblos; y del mismo modo que en este pasaje se dice que estos pueblos están en forma de cepas en el vientre de Rebeca, así también, en aquel pasaje San Pablo se refiere a ellos con el nombre de «cepas».
En tercer lugar, porque las palabras que San Pablo toma de Malaquías, I, 2-3 («Amé a Jacob y odié a Esaú»), se refieren a sus pueblos y no tan sólo a sus cepas. En efecto, cuando Malaquías habla con el pueblo de Israel, dice: «Yo os he amado, dice Dios, y vosotros decís: ¿En qué nos has amado? Y dice Dios: ¿Esaú no es hermano de Jacob?; sin embargo, amé a Jacob y odié a Esaú, e hice de sus montañas campos de devastación, y de su heredad, pastizales de desierto». Aquí podemos apreciar que no se está hablando de amor y de odio hacia las cepas, sino del amor y del odio que comenzaron en las cepas y se transmitieron a sus descendientes, a quienes nos referimos con el nombre de sus progenitores. Añádase que San Pablo, en el capítulo noveno y en los dos siguientes, está hablando de los designios ocultos de Dios en relación al decurso de la Iglesia desde Abraham hasta el final de los tiempos, a saber: que Dios habría elegido como Iglesia y pueblo amado por Él a los descendientes de Abraham a través de la línea que parte de Isaac y Jacob y no de la que parte de Ismael y Esaú; que en la llegada de Cristo la mayor parte de los hijos de Israel, para los que de manera especial había sido enviado, se apartó de Dios y en lugar de éstos en la Iglesia entraron los gentiles; y que llegado el final de los tiempos, una vez que los gentiles han sido llamados y han entrado en la Iglesia, los judíos también serán llamados y se convertirán a la fe.
15. Una vez establecido todo esto, es fácil entender qué quiere decir San Pablo al principio del capítulo noveno con las palabras que ya hemos citado. Pues enseña lo siguiente, a saber: que, en virtud de su designio eterno, Dios habría elegido a Isaac ─para que fuese semilla de Abraham y, por ello, para que de él surgiese la Sinagoga y naciese Cristo─ y no a Ismael, sino que habría abandonado a éste y a sus descendientes, dejándolos con los auxilios comunes que también habría concedido al resto de los gentiles; que, igualmente, de los dos hijos de Isaac concebidos en el mismo concúbito, habría elegido a Jacob, que era el menor, para que de él también surgiese la Sinagoga y naciese Cristo ─y lo habría amado no sólo en mismo, sino también en sus descendientes, otorgándoles otras ayudas singulares para que tanto él, como muchos de sus descendientes, alcanzasen la vida eterna─, y, en cambio, habría odiado a Esaú y a sus descendientes, porque, como hemos explicado claramente en la disputa 4, no habría querido nada de esto para ellos, sino que los habría abandonado, dejándolos con los auxilios comunes del resto del pueblo de los gentiles, al prever que tanto el padre, como toda o casi toda su descendencia, se condenarían por sus delitos y, al regreso de los hijos de Israel desde Egipto, serían reducidos a servidumbre. Como digo, San Pablo afirma que nada de esto fue resultado de las obras de ninguno de los dos, sino que tan sólo se debió a quien llama, elige y dice: «Porque el mayor servirá al menor &c.».
16. En este lugar, debemos señalar que la cuarta conclusión propuesta no se opone al fundamento que hemos ofrecido en los dos miembros anteriores. En efecto, cuando ofrecimos este fundamento, dijimos que el libre arbitrio del adulto es una parte de la causa libre de la que depende no la totalidad de esa cosa que es el efecto íntegro de la predestinación, sino una parte de ella sin la cual no se daría la totalidad de esa cosa, ni podría considerarse efecto de la predestinación; no obstante, dijimos que esa cosa no se considera efecto de la predestinación en tanto que procedente del libre arbitrio creado, sino de manera precisa en tanto que procedente de Dios por su predestinación eterna. Pero como la totalidad de esa misma cosa que es el efecto de la predestinación procede de Dios ─como una parte de la totalidad de la causa de la que, en mayor medida que del arbitrio del predestinado, depende que esa cosa se produzca─ y, en la medida en que de manera precisa procede de Dios por su predestinación eterna, es un efecto de la predestinación por el que coadyuva y conduce hacia la vida eterna al predestinado que coopere por medio de su arbitrio, por ello, en la cuarta conclusión no decimos que Dios prevea que el predestinado vaya a cooperar con Él de tal manera que, por ese efecto, deba alcanzar la vida eterna dada la hipótesis de que Él quiera ayudarlo de este modo, ni decimos que en el predestinado debamos buscar alguna otra cosa que sea la causa o razón por la que Dios haya querido conferirle todo ese efecto o todos esos medios, porque esto sólo se debe a su voluntad libre. Además, puesto que del mismo modo que los medios por los que el adulto alcanza la vida eterna dependen simultáneamente del influjo de Dios y del influjo libre del predestinado, así también, que de hecho éste alcance la vida eterna depende simultáneamente de Dios y del adulto, cuando cooperan e influyen sobre estos medios, por ello, no resulta contradictorio que ─como afirmamos en el fundamento que ofrecemos─ del libre influjo del arbitrio del predestinado dependa, aunque en menor medida, que Dios coopere ─así pues, Él no confiere al predestinado el efecto íntegro de la predestinación, porque prevé que éste también cooperará haciendo lo que le exige para alcanzar la vida eterna, sin que esto se deba a otra razón por parte del predestinado, sino tan sólo a la libre voluntad de Dios, como afirmamos en la cuarta conclusión─ y que la propia cosa que es el efecto de la predestinación se produzca y pueda considerarse efecto de la predestinación. Aclararemos todo esto aún más cuando presentemos nuestra quinta conclusión.
17. Quinta conclusión: En los niños no se encuentra la causa o razón del efecto íntegro de su predestinación, sino que todo ello debe reducirse a la voluntad de Dios como causa.
Esta conclusión es muy evidente y ya la hemos demostrado con lo que dijimos en el miembro 5. Pero, además, puede confirmarse, en primer lugar, porque el hecho de que Dios haya querido establecer los sacramentos o el . remedio contra el pecado original, se debe a su libre voluntad; por tanto, como el remedio contra el pecado original es parte del efecto íntegro de la predestinación de los niños y además es una parte tal que, sin ella, no alcanzarían la vida eterna, por consiguiente, en ellos no está la causa o razón del efecto íntegro de su predestinación; de este modo, puede confirmarse que en los adultos tampoco está la causa del efecto íntegro de su predestinación; en efecto, si Dios no hubiese establecido los remedios contra el pecado original y contra los pecados actuales, ninguno de ellos habría podido alcanzar la beatitud. En segundo lugar, porque, como dijimos en la conclusión anterior a propósito del efecto de la predestinación de los adultos, la voluntad divina es la única razón de que Dios quiera colocar a los niños predestinados en esa parte dentro del orden de cosas y de circunstancias en la que, según prevé, finalmente nacerán del útero materno en razón de la libertad de sus progenitores y acabarán sus días antes de llegar al uso de razón y, además, sucederá que, en virtud de una libertad ajena, se les aplicará el remedio contra el pecado original; y de ello habrá dependido su predestinación.
18. Para que se entienda mejor lo que hemos dicho hasta aquí y sea más comprensible lo que vamos a añadir, debemos recordar que la predestinación eterna de Dios se perfecciona y se completa como predestinación por el acto eterno y libre de la voluntad divina a través del cual Dios, por su parte, decide conferir al adulto los medios gracias a los cuales, según prevé, éste alcanzará la vida eterna en virtud de su libertad ─a pesar de que, si así lo quiere, puede apartarse de ella─ y a través del cual Dios también decide conferir a los niños los medios gracias a los cuales, según prevé, éstos alcanzarán la vida eterna con dependencia ─de la manera que hemos explicado─ del libre arbitrio de otros, a pesar de que puede suceder que, en razón de la libertad de otros, no nazcan, ni la alcancen; sin embargo, esta misma predestinación presupone e incluye por parte del entendimiento divino el conocimiento ─en parte, por ciencia puramente natural y, en parte, por ciencia media, que se encuentra entre la libre y la puramente natural─ no sólo de que unos y otros podrían alcanzar la vida eterna con estos medios, sino también de que realmente la alcanzarán, viendo Dios esto segundo ─gracias a la altitud y eminencia de su entendimiento─ en su esencia y en los arbitrios de sus criaturas más allá de lo que la propia naturaleza de estas cosas entraña. Pues la predestinación es el plan divino del orden o de los medios ─a través de los cuales, según Dios prevé, estas o aquellas criaturas dotadas de entendimiento alcanzarán la vida eterna─ junto con el propósito de ejecutar este orden por mismo o por intervención de causas segundas.
19. Ciertamente, a través de su ciencia puramente natural y con anterioridad a todo acto libre de su voluntad, Dios tiene un conocimiento pleno en grado máximo de todos los medios ajustados tanto a la beatitud, como a cualesquiera otros fines, en el que ─gracias al entendimiento divino─ descansa el plan de la providencia divina, que es común tanto para todos los demás fines, como para la beatitud sempiterna en particular.
Pero a través de la ciencia media ─que se encuentra entre la puramente natural y la libre─ y también con anterioridad a todo acto libre de su voluntad, Dios tiene un conocimiento pleno en grado máximo de todas aquellas cosas que dependen, de manera mediata o inmediata, del arbitrio de las criaturas y que son los medios a través de los cuales la consecución de los fines se seguirá o no dada la hipótesis de que Él quiera ejecutar uno u otro orden de su providencia; aunque este conocimiento no sea necesario para que pueda hablarse de providencia tomada en sentido común en grado máximo, sin embargo, es absolutamente necesario para que pueda haber una providencia perfectísima, como es la divina, según hemos dicho en nuestros comentarios a la cuestión 22.
Pues dándose este conocimiento junto con el conocimiento de los medios ajustados de por a los fines, el provisor sabe proveer con vistas a estos fines mucho mejor y de manera más plena y no puede errar en su providencia ─a pesar de la contingencia que, por su propia naturaleza, poseen las cosas a las que provee─, como si éstas fuesen a acontecer de manera distinta de como cree y espera, ni para Él pueden ser inciertas, como lo son para nuestra providencia.
Este mismo conocimiento ─en tanto que es una previsión de que, con dichos medios, estas criaturas dotadas de entendimiento alcanzarán la vida eterna dada la hipótesis de que se les concedan─ es un conocimiento que el entendimiento divino añade a la predestinación de estas criaturas más allá de la providencia que, con vistas a la beatitud, Dios tiene para con ellas y con las demás criaturas dotadas de entendimiento. Ciertamente, el plan divino del orden o de los medios ajustados para que las criaturas dotadas de entendimiento puedan alcanzar la beatitud, junto con el propósito de ejecutar este orden por mismo o por intervención de las causas segundas, es una providencia divina con vistas a la beatitud de las criaturas, tanto si éstas han sido predestinadas ─y, en consecuencia, van a alcanzar dicho fin por este orden─, como si no lo han sido. El plan de este orden, junto con ese mismo propósito ─previendo Dios con ciencia media que por este orden alcanzarán la beatitud─, es una predestinación con respecto a las criaturas de las que prevé que la alcanzarán.
Por ello, del mismo modo que el arte del entendimiento divino gracias al cual Dios conoce el modo de producir todas las cosas que podrían existir en virtud de su omnipotencia, antecede a la determinación libre de su voluntad, por la que decreta hacer unas cosas u otras, así también, el plan de todos los medios ─a través de los cuales puede proveer a todas las cosas con vistas a sus fines, tanto naturales, como sobrenaturales, y puede predestinar a todos aquellos que quiera, porque prevé que, con estos medios, alcanzarán la vida eterna─ antecede a la determinación libre o al propósito de la voluntad divina por el que estos mismos planes del entendimiento divino se completan en su ser como planes de la providencia y de la predestinación en relación a las cosas por las que Dios decide ejecutarlos.
Por tanto, puesto que, de todo aquello que la predestinación eterna de Dios incluye en su razón formal, sólo el propósito de su voluntad ─en virtud del cual, finalmente, la predestinación se completa con vistas a su plan─ es libre en Dios ─pues el plan de los medios y la previsión de que, si se les conceden a las criaturas dotadas de entendimiento, éstas realmente alcanzarán la vida eterna, no son libres en Dios, sino que anteceden a todo acto libre de su voluntad─, por ello, cuando los Doctores se preguntan si al predestinado puede atribuírsele alguna causa, razón o condición por la que Dios lo haya predestinado, sólo pretenden debatir si acaso al arbitrio puede atribuírsele alguna causa, razón o condición del acto de la voluntad divina por el que Dios ha querido para el predestinado ─o para un predestinado antes que para otro─ los medios a través de los cuales alcanzará la vida eterna, o si nada de esto sucede, sino que todo ello debe atribuirse a la voluntad libre y misericordiosa de Dios, por la que sólo en virtud de su beneplácito ha querido que esto sea así.
20. Una vez dicho esto, vamos a ofrecer nuestra sexta conclusión: Preexistiendo en Dios, con anterioridad a todo acto libre de su voluntad, el plan del orden de cosas, de auxilios y de circunstancias que, por su parte, ha elegido, así como también el plan de los infinitos órdenes que podrían existir en virtud de su omnipotencia, previendo asimismo qué sucedería en cada uno de ellos en razón de la libertad de arbitrio de las criaturas dada la hipótesis de que Él, por su parte, quisiera elegirlo, ciertamente, no puede decirse que la causa, razón o condición ─tampoco necesaria─ de que Dios haya elegido este orden antes que otro ─y, por su parte, haya decidido hacerlo ejecutar─, de que, en consecuencia, haya elegido en Cristo para la vida eterna a unos antes que a otros y de que, por mediación de Cristo, haya decidido conferir a las criaturas los medios a través de los cuales, según ha previsto, alcanzarán la vida eterna en razón de su libertad ─o de la de otros, si fuesen niños─, se haya debido a la previsión del uso del libre arbitrio propio o del libre arbitrio de otros; pues esta previsión no es la razón de que los haya predestinado o haya querido para ellos los medios por los que, según ha previsto, alcanzarán la vida eterna, ni es la razón de que haya querido estos medios para unos antes que para otros, sino que todo esto debe atribuirse únicamente a la voluntad libre y misericordiosa de Dios, que así lo ha querido en virtud tan sólo de su beneplácito.
Así pues, sostenemos que la presciencia del uso del libre arbitrio de los predestinados o de su cooperación futura y libre con los dones y auxilios de Dios, de tal modo que alcancen la vida eterna en este orden de cosas que Dios ha decidido crear, no es la causa, razón o condición por la que, con predestinación genérica, unos u otros hayan sido predestinados antes que otros terceros, o por la que, con esa predestinación particular, los que realmente han sido predestinados, lo hayan sido como si Dios, por su parte, hubiese querido conferirles esos mismos medios que decidió donarles y a través de los cuales los ha predestinado por haber previsto que, en razón de su libertad, cooperarían de tal manera que por este camino alcanzarían la vida eterna, o como si esta fuera la condición por cuya existencia o previsión Dios hubiese actuado de esta manera y sin la cual no habría querido hacerlo; por el contrario, tan sólo por su voluntad libre habría querido conferirles los medios a través de los cuales los ha predestinado. Pues aunque Dios no deniegue a ningún adulto los auxilios necesarios para la salvación, sin embargo, sólo por su voluntad libre ─y no en razón de la previsión del uso del libre arbitrio─ distribuye sus dones a quienes quiere, cuando quiere, en la cantidad que quiere y del modo que quiere; también en virtud de esa misma voluntad libre ha decidido desde la eternidad distribuirlos del modo en que lo ha hecho en un momento determinado del tiempo. Y si no distribuye sus dones a los adultos en razón de la previsión del uso de su libre arbitrio, mucho menos los distribuye a los niños en virtud del uso que, según prevé, harían de su libre arbitrio, si llegasen al uso de razón, o en virtud del uso del arbitrio de otros. Todo esto es evidentísimo por lo que ya hemos dicho tanto en este miembro, como en los anteriores, y no necesita más demostraciones.
21. Séptima conclusión: Aunque el predestinado no sea la razón, ni la condición, de la predestinación del adulto en cuanto al acto de la voluntad divina por el que se completa el plan de la predestinación, es decir, en cuanto al propósito de conferirle los medios a través de los cuales, tal como Dios prevé en virtud de la altitud de su entendimiento, alcanzará la vida eterna en razón de su libertad, sin embargo, la razón o condición de la presciencia por la que Dios, con anterioridad a este acto, lo prevé dada la hipótesis de que, por su parte, quiera conferirle estos medios, estaría en el uso o en la cooperación libre de este predestinado, sin la cual Dios no poseería esta ciencia; pero muchos no entienden esto.
Demostración: La cosa que es el efecto íntegro de la predestinación del adulto ─por una parte, en relación a toda la extensión y cada una de las partes del buen uso del libre arbitrio por el que el adulto se dispone para la gracia, acumula méritos una vez alcanzada ésta, resiste las tentaciones y resiste libremente hasta el final de sus días sin caer en pecado mortal, y, por otra parte, consecuentemente, en relación a los dones que dependen de este buen uso, ya sea como disposición requerida, ya sea como mérito, ya sea como condición sin la cual la gracia y los otros dones no perseverarían─, como decimos, la existencia de esa cosa ─en relación a todo lo que hemos dicho─ no sólo depende de que Dios, por su parte, quiera otorgar todo esto al predestinado y cooperar en ello, sino que también depende de la cooperación libre del arbitrio del predestinado hasta tal punto que si su arbitrio ─como le es posible en razón de su libertad─ no cooperase, nada de todo esto sucedería en realidad, como ya hemos explicado muy claramente en los dos miembros anteriores. Por tanto, puesto que no sucede que el predestinado, dada esa hipótesis, vaya a cooperar de este modo porque, dada esa misma hipótesis, Dios haya previsto que así va a suceder, sino que, por el contrario, Dios ha previsto esto y habría previsto lo contrario, si ─como es posible─ lo contrario fuese a suceder en razón de la misma libertad del adulto dada esa misma hipótesis, como ya hemos explicado con toda claridad en nuestros comentarios a la cuestión 14, artículo 13 (en la disputa 50 y en las dos siguientes), y como sostiene el parecer común de los Padres que hemos ofrecido ahí mismo (disputa 52), por ello, de aquí se sigue que la condición sin la cual Dios no habría estado en posesión de esta presciencia, sería que en un momento determinado del tiempo el propio adulto vaya a cooperar en razón de su libertad de tal manera que, por estos medios, alcance la vida eterna, a pesar de que, si así lo quisiera, podría cooperar de manera contraria y no alcanzarla, sin que lo impida la voluntad divina de ayudarlo y cooperar con él.
22. Octava conclusión: Tomando en particular la predestinación de cualquier adulto a la que realmente Dios haya procedido desde la eternidad, de la misma manera que en la conclusión anterior hemos explicado que la razón o condición sin la cual Dios no habría estado en posesión de la mencionada presciencia, es que el propio adulto ─en razón de su libertad y por medio de su arbitrio─ coopere de tal manera que alcance la vida eterna, así también, de esto depende que todo lo demás que esta predestinación incluye, entre dentro de la predestinación o bien sea sólo una providencia con vistas a la beatitud del adulto.
Demostración: Sin esta presciencia, todo lo demás ─es decir, el plan de los medios junto con el propósito de ejecutarlo por parte de Dios─ no es predestinación, sino sólo una providencia con vistas a la beatitud; ahora bien, la predestinación añade esta presciencia. Por tanto, si el hecho de que un adulto, en razón de su libertad, coopere de tal manera que alcance la vida eterna, es la razón y la condición sin la cual Dios no poseería esta presciencia, entonces también será aquello de lo que depende que todo lo demás que esta predestinación incluye, entre dentro de la predestinación o bien sea tan sólo una providencia con vistas a la beatitud.
23. Por ello, es fácil entender que, como Dios, por su parte, provee a los adultos no predestinados ─tanto hombres, como ángeles─ de los auxilios y los medios a través de los cuales, si esto no estuviese en su arbitrio, realmente llegarían a la beatitud ─es más, a algunos de ellos les provee de auxilios y medios mucho mayores y más potentes que a muchos de los predestinados─, por ello, de la misma manera que si consideramos en particular el plan de proveer ─junto con el propósito de ejecutarlo─ a algún predestinado de los medios por los que, tal como Dios prevé, alcanzará en razón de su libertad la vida eterna, este predestinado seguirá siendo libre de cooperar de tal modo que no la alcance ─aunque si esto fuese a suceder, como es posible, el plan de proveerle de este modo y la voluntad de ejecutarlo nunca podrían considerarse predestinación, sino tan sólo providencia, porque no conllevarían la presciencia de que, por este camino, llegará a la beatitud─, así también, si consideramos en particular el plan de proveer ─junto con el propósito de ejecutarlo─ a alguien no predestinado ─por ejemplo, a Judas─ de los medios por los que, según Dios prevé, en razón de su libertad no alcanzará la vida eterna, ciertamente, este adulto seguirá siendo libre de cooperar de tal modo que la alcance, aunque si así sucediese ─como es posible─, sin duda, el plan de proveerle de este modo y la voluntad divina de ejecutarlo deberían considerarse no sólo providencia, sino también predestinación de Judas, porque ésta conllevaría la presciencia de que, por este camino, llegaría a la beatitud.
Por ello, la libertad de arbitrio de los adultos no predestinados y la verdadera facultad de que, en caso de que así lo quieran, lleguen a la beatitud ─con vistas a la cual, verdaderamente y no de manera ficticia, Dios los ha creado─ no son compatibles con la providencia por la que Dios, por su parte, ha decidido proveerles para la vida eterna y con la presciencia que Dios tiene de ellos en menor medida de lo que lo son con su predestinación la libertad de arbitrio de los predestinados y la facultad de desviarse hacia la mayor de las miserias; asimismo, los no predestinados no están en manos de su propia potestad en menor medida de lo que lo están los predestinados; de este modo, unos y otros extienden su mano hacia lo que quieren y realizan aquello que, en caso de hacerlo, les conducirá a la vida eterna o bien aquello otro que les conducirá a la mayor de las miserias. En efecto, de la misma manera que unos y otros pueden extender su mano hacia lo que quieran, como si Dios no hubiese predestinado a unos y a otros no, así también, el plan de la providencia en particular con respecto a cada uno de ellos resulta indiferente de por para que implique la presciencia divina de que, en razón de su libertad, van a cooperar de tal modo que alcancen la vida eterna o de tal modo que no la alcancen; ahora bien, que en virtud de la altitud de su entendimiento Dios tenga esta presciencia ─que la predestinación añade más allá del plan particular de la providencia─ y no la presciencia contraria, se debe a que aquéllos, en razón de su libertad, cooperarán de un modo antes que de otro, sin que vayan a cooperar de este modo porque Dios así lo haya previsto.
24. Podemos confirmar que de la cualidad del uso previsto del libre arbitrio depende que uno y el mismo plan eterno de Dios de proveer a cualquier adulto ─tanto si pertenece al grupo de los predestinados, como si no─ deba considerarse una predestinación de este adulto o una providencia sólo con vistas a su beatitud; comenzaremos hablando de los ángeles, luego de los primeros padres en el estado de inocencia y finalmente de los demás adultos.
Comenzando por los ángeles, ¿quién puede negar, sin perjuicio de la fe católica y la libertad de arbitrio de los ángeles, que los ángeles que cayeron ─habiendo recibido los dones y auxilios con los que Dios los ayudó y colocó en el camino hacia la beatitud─ pudieron no haber consentido en caer en el pecado por el que perecieron y, por ello, pudieron haber perseverado en la gracia en la que fueron creados y haber alcanzado la vida eterna con vistas a la cual Dios los creó, sin que el plan de proveerles, ni el decreto eterno de Dios a través del cual decidió ayudarlos, pudieran haberlo impedido? Asimismo, ¿quién puede negar, sin perjuicio de esta misma fe católica y de la libertad, que los ángeles que permanecieron en la gracia y alcanzaron la vida eterna a través de los auxilios con que Dios los ayudó en su camino hacia la beatitud, pudieron haber consentido en caer en pecado en razón de su libertad innata, de la misma manera que consintieron los demás, y, por ello, haber abandonado la gracia y perdido la felicidad sempiterna, sin que el plan de proveerles, ni el decreto eterno de Dios a través del cual decidió ayudarlos, pudieran haberlo impedido? Sin lugar a dudas, esto es lo que exigía el estado del camino en el que unos y otros se encontraban y las dos cosas eran necesarias para su mérito o demérito; no creo que esto pueda negarse sin perjuicio de la fe católica. Por tanto, teniendo en cuenta, en primer lugar, que si los primeros ─como realmente estaba en su potestad─ no hubiesen consentido en caer en pecado, ciertamente, habrían alcanzado la vida eterna y el plan de proveerles y el decreto ─que sólo pudieron considerarse una providencia con vistas a su beatitud─ se habrían considerado predestinación ─porque habrían sido un plan y un decreto de conferir unos medios a través de los cuales, del mismo modo que habrían alcanzado la vida eterna, así también, Dios habría presabido su deber de concederles la beatitud─ y teniendo en cuenta, en segundo lugar, que si los segundos, como realmente estaba en su potestad, hubiesen consentido en caer en pecado, ciertamente, habrían abandonado la gracia y habrían sido excluidos de la beatitud sempiterna y el plan y el decreto de proveerles ─que pudieron considerarse predestinación─ sólo se habrían considerado una providencia con vistas a su beatitud ─que no habrían alcanzado con estos medios─, por todo ello, de la misma manera que del uso futuro del libre arbitrio de los ángeles ─para hacer una cosa u otra en razón de su libertad innata─ dependió que Dios, en virtud de la altitud de su entendimiento, presupiese con certeza una cosa u otra, así también, de este mismo uso futuro dependió ─como condición necesaria─ que el plan y el decreto de proveerles se considerasen predestinación o tan sólo una providencia dirigida a cada uno de ellos con vistas a su beatitud.
25. Asimismo, ¿quién osará negar, sin perjuicio de la fe católica y de esa gran libertad de la que gozaron los primeros padres en el estado de inocencia ─de la que, citando a San Agustín, hemos hablado en nuestros comentarios a la cuestión 14, artículo 13, disputa 4 y 22─ y que ni siquiera los luteranos se atreven a mancillar, que Adán con los dones de este estado ─y, en consecuencia, sin perjuicio del plan de proveerle, ni del decreto divino a través del cual Dios decidió desde la eternidad ayudarlo de este modo─ pudo no haber pecado y, en consecuencia, pudo haber perseverado en la gracia y haber alcanzado la vida eterna? Por tanto, teniendo en cuenta que si ─como estaba en su potestad─ no hubiese consentido en caer en pecado, habría alcanzado la vida eterna desde el estado de inocencia y, por consiguiente, el plan de proveerle y el decreto eterno ─a través del cual Dios decidió ayudarlo en el estado de inocencia sólo de este modo─, que únicamente pudieron considerarse como una providencia con vistas a la beatitud, habrían debido considerarse predestinación, por todo ello, del uso del arbitrio de Adán ─en uno o en otro sentido, en razón de su libertad, como condición necesaria─ habría dependido que el plan y el decreto de proveerle de este modo se moviesen tan sólo dentro de los límites de la providencia, como realmente sucedió, o bien recibiesen la consideración de predestinación.
26. Finalmente, pasando al caso de los adultos tras la caída de naturaleza, recurriremos en primer lugar al ejemplo que San Agustín ofrece en De civitate Dei (lib. 12, cap. 6). Tomemos a dos hombres justos en alma y cuerpo y exactamente iguales en todo lo demás y supongamos que Dios, por su parte, ha decidido ayudar y proveer a los dos exactamente del mismo modo. Entonces, ofreciéndoseles a ambos la misma ocasión de pecar tras haber visto a una misma mujer hermosa, puede suceder que ─en razón exclusivamente de su libertad innata─ uno consienta en caer en pecado, pero no el otro, por haber preferido reprimirse, como afirma San Agustín en el lugar citado, demostrando de este modo que la voluntad libre es la única causa del pecado. Pero si además suponemos que mueren de manera repentina, ya sea por el derrumbamiento de su casa o por otra razón, como a menudo suele suceder, encontraremos que el mismo decreto divino de conferirles a ambos los medios destinados a su salvación y el mismo plan de proveerles, deberán considerarse predestinación con respecto a aquel que, según Dios prevé, no consentirá en caer en pecado, sino que morirá en gracia, pero con respecto al otro ─del que Dios tendría la presciencia contraria─ deberán considerarse providencia y no predestinación. Por tanto, puesto que el hecho de que Dios no presepa de ambos lo mismo, sino cosas contrarias, depende de lo que ambos vayan a hacer en razón de su libertad ─de tal manera que, si así quisieran, podrían de hecho no hacer lo que van a hacer─, por ello, que los decretos o los planes de proveer deban considerarse predestinación o sólo una providencia con vistas a la vida eterna, dependerá como condición necesaria de lo que cada uno de ellos vaya a hacer en razón de su libertad innata, siendo esto algo que Dios, en virtud de la altitud de su entendimiento, ya habría presabido, porque es así como van a obrar y no al revés.
27. También podemos argumentar de este mismo modo con respecto a cualquier otro adulto que vaya a alcanzar la vida eterna o vaya a perderla por su propia maldad. En efecto, como aquel que está en camino hacia la beatitud, puede hacer uso de los auxilios o no hacerlo o también, al final de su vida, puede caer en pecado y no salir de él y, de este modo, perder la vida eterna ─sin que los auxilios que se le confieren según el decreto eterno de Dios o el plan de proveerle de ellos, puedan impedirlo─, y, por el contrario, aquel que debería ser condenado, puede hacer lo que está en él para llegar a la beatitud y Dios lo ayudará en la medida necesaria para que llegue a ella, por ello, de la misma manera que en la potestad de cada uno de ellos está obrar realmente de modo que alcancen la beatitud o no la alcancen ─sin que pueda impedirlo el decreto eterno de Dios de ayudarlos y proveerles de uno u otro modo─, así también, de su operación futura, como condición necesaria, dependerá que el decreto eterno de Dios en relación a cada uno de ellos o el plan de proveerles, se consideren predestinación o tan sólo providencia, previendo Dios desde la eternidad y con certeza ─en virtud de la altitud de su entendimiento─ qué sucederá, a pesar de que esto es de por totalmente incierto y depende de la libertad de arbitrio.
28. Aquí debo advertir lo siguiente: Nosotros no establecemos para la predestinación una dependencia con respecto al uso del arbitrio de los adultos mayor que la que establece esa multitud de Doctores que ya hemos citado en nuestros comentarios a la cuestión 14, artículo 13 (disputa 51); y entre ellos se encuentran muchos de aquellos que, siguiendo el parecer más común entre los escolásticos, sostienen que la previsión del uso del libre arbitrio de los adultos no es causa, ni razón, de la predestinación; así piensan Escoto, Driedo y muchos otros. Es más, nosotros establecemos una dependencia mucho menor.
En efecto, de la misma manera que estos Doctores ─con objeto de conciliar la libertad de nuestro arbitrio con la presciencia, predestinación y reprobación divinas─ afirman que, con respecto a aquello que depende del arbitrio creado, desde la eternidad Dios ha presabido una parte de la contradicción antes que la otra y ha predestinado a alguien en vez de reprobarlo, así también, del uso futuro de cualquier arbitrio dependerá que, ante el hecho de que el arbitrio creado elija una parte de la contradicción antes que la otra, Dios ─cuyos actos libres e internos son indivisibles y siempre participan en la producción de toda cosa creada─ haya hecho que desde la eternidad Él mismo haya presabido esta parte; ahora bien, en caso de que el arbitrio creado elija la otra parte de la contradicción, Dios habrá hecho que Él haya presabido esta parte y no la otra y, por ello, en caso de que cualquier adulto coopere con los auxilios de Dios de tal manera que persevere en la gracia hasta el final de su vida ─estando esto en su propia potestad─, Dios habrá hecho que desde la eternidad siempre haya estado predestinado; pero en caso de que obre de manera contraria y acabe su vida en pecado ─estando esto también en su potestad─, Dios habrá hecho que desde la eternidad haya sido reprobado.
29. Pero nosotros, que, en primer lugar, afirmamos que la presciencia y la predestinación poseen, con respecto a una de las dos partes de la contradicción, una certeza, una determinación y una firmeza tales que sería contradictorio que en la mente y en la voluntad divinas hubiese otra cosa o que desde la eternidad la hubiese habido sobre cualquier objeto particular ─como hemos demostrado en el lugar citado─, y que, en segundo lugar, no atribuimos toda la certeza de la predestinación divina al decreto a través del cual Dios decide proveer al predestinado de los medios con los que ─según Dios prevé─ alcanzará la vida eterna en razón de su libertad, así como tampoco al propio plan de proveerle, sino a la presciencia con que lo prevé ─por lo que este decreto y esta providencia deben considerarse predestinación─, sostenemos lo siguiente: De la misma manera que, aunque esta presciencia se origine en la altitud y perfección del entendimiento divino, gracias a las cuales Dios conoce con certeza que va a suceder algo que en mismo es totalmente incierto y dudoso, sin embargo, depende ─como condición necesaria sin la cual Dios no poseería esta presciencia─ de que el arbitrio creado vaya a cooperar en razón de su libertad de tal modo que alcance la vida eterna ─pues esto no sucede porque Dios lo presepa, sino que lo presabe porque el arbitrio va a obrar así en virtud de su libertad, pudiendo suceder lo contrario─, así también, que ese decreto y esa providencia deban considerarse predestinación, depende ─como condición sin la cual no deberían considerarse predestinación─ de que el arbitrio vaya a cooperar de este modo en razón de su libertad y de que Dios prevea esto con certeza en virtud de la altitud de su entendimiento. Así conciliamos fácilmente la libertad de nuestro arbitrio tanto con la presciencia divina, como con la predestinación divina de los adultos. En efecto, de la misma manera que si el arbitrio ─como está en su potestad─ no fuese a cooperar de este modo, Dios no habría poseído la presciencia de que, con estos medios, este adulto alcanzará la vida eterna, así también, el decreto por el que desde la eternidad Dios ha decidido ayudarlo y proveerle con vistas a la eternidad a través de estos medios, tampoco habría debido considerarse predestinación.
30. Pero para que sea aún más evidente en qué medida la libertad de arbitrio de estos predestinados y réprobos, así como la facultad que unos y otros tienen de alcanzar realmente la vida eterna o apartarse de ella en dirección hacia la mayor de las miserias, concuerdan con la predestinación particular y la providencia que desde la eternidad Dios tiene para con ellos, supongamos que Dios Óptimo Máximo no posee esa presciencia media a través de la cual, en virtud de su entendimiento, sabe lo que va a suceder en razón de la libertad de arbitrio, sino que para Dios esto es tan incierto y desconocido como lo es en mismo y, no obstante, por medio de su ciencia natural ─a través de la cual conoce las naturalezas de todas las cosas, sus fines y los medios ajustados a éstos─, decide proveer a unos y a otros con vistas a la vida eterna exactamente igual que como de hecho les provee, ignorando de momento el resultado de cualquier futuro contingente. Ciertamente, dada esta hipótesis, nadie dudará de que la libertad de arbitrio de unos y de otros y su facultad de llegar a la beatitud o caer en la mayor de las miserias, en función del camino que quieran tomar en esta vida en razón de su libertad, concuerdan muy bien con esa misma providencia que desde la eternidad Dios tiene para con ellos, porque el resultado es totalmente incierto e inclinarse en un sentido u otro tan sólo depende de la libertad de arbitrio. Por tanto, puesto que el hecho de que, en virtud de la eminencia y perfección ilimitada de su entendimiento, Dios presepa qué va a suceder en razón de la libertad de arbitrio de cualquiera, no resta nada a su libertad, sino que respeta su indiferencia a la hora de inclinarse en el sentido que quiera, exactamente igual que si Dios no estuviese en posesión de esta presciencia ─pues el arbitrio no va a inclinarse en este sentido porque Dios así lo haya presabido, sino que, como así va a suceder en razón de su libertad, por ello Dios lo ha presabido, aunque también habría presabido lo contrario, si así fuese a suceder en razón de su libertad─, ciertamente, por todo ello, esta misma libertad y facultad de alcanzar la vida eterna o apartarse de ella permanecen inconcusas, sin que esta presciencia lo pueda impedir.
Ahora bien, la razón de la predestinación y el abismo inescrutable del designio divino radican en lo siguiente: Como Dios ha conocido todos los planes ─en número infinito─ de proveer a los no predestinados, por los que habrían alcanzado la vida eterna en razón de su libertad y, por consiguiente, habrían sido predestinados, e igualmente ha conocido todos los planes ─en número infinito─ de proveer a los predestinados, por los que habrían perdido la beatitud en razón de su libertad y habrían sido réprobos, por ello, sólo por su libre voluntad y no en función de la cualidad del uso previsto del libre arbitrio ─tampoco como condición necesaria─, ha elegido para unos y para otros el modo de proveer por el que, según ha previsto, aquéllos no alcanzarán la vida eterna en razón de su libertad y éstos otros lo harán y, en consecuencia, aquéllos serán réprobos y éstos predestinados; ahora bien, no por ello ha cometido una injusticia con unos, ni con otros, porque a unos y a otros ha proveído de medios a través de los cuales, en caso de que no hubiese dependido de ellos, habrían alcanzado la vida eterna; además, a todos los descendientes de Adán ha proveído ─en la persona de su padre─ de los medios a través de los cuales, en caso de que esto no hubiese dependido de él, habrían alcanzado la beatitud eterna con suma facilidad.
31. Pero repárese en dos cosas. Primera: Aunque según lo que hemos dicho hasta aquí, dada cualquier providencia en particular en relación a cualquier adulto ─ya sea predestinación por conllevar presciencia, ya sea reprobación─, en la potestad de este adulto está hacer aquello en razón de lo cual, si tuviese la intención de hacerlo, esta providencia sería predestinación, porque conllevaría la presciencia de que, por este camino, llegará a la beatitud, sin embargo, no está en la potestad de ningún predestinado hacer que él mismo sea predestinado, porque no está en su potestad hacer que Dios, de entre los infinitos órdenes de cosas que puede elegir, elija, antes que otro, aquel en el que, tal como prevé, este adulto alcanzará la vida eterna en razón de su libertad, siendo esto en lo que consiste su predestinación.
Por esta razón, predestinar o no predestinar sólo depende de Dios en razón exclusivamente de su libre voluntad. Ahora bien, que uno u otro plan de proveer a este adulto en particular deba considerarse o no una predestinación con respecto a él, depende de que él mismo vaya a cooperar de una o de otra manera por medio de su arbitrio.
32. Segunda: La certeza de que el adulto predestinado alcanzará la vida eterna, procede de la ciencia media, que antecede al acto libre de la voluntad divina; sin embargo, en cierta forma, la certeza está en ella como en una raíz y sólo dependiendo de la hipótesis de que Dios quiera conceder esos medios y quiera proveer de ese modo. Ahora bien, esta certeza procede de manera absoluta y sin hipótesis alguna de la ciencia libre, a través de la cual Dios prevé que, con posterioridad a este acto de la voluntad, el adulto alcanzará sin más la vida eterna. San Pablo reduce la certeza de nuestra predestinación a esta presciencia libre de Dios, que ─según nuestro modo de entender, basado en la realidad de las cosas─ Él posee tras realizar la predestinación, como un sello que se superpone a la predestinación ya realizada, cuando dice en II Timoteo, II, 19: «Pero el sólido fundamento de Dios se mantiene firme con este sello», por el que posee certeza y firmeza. En efecto, nuestro Señor conoce a los suyos por la predestinación y la elección eterna a través de las cuales ha querido conferirles los medios por los que, según prevé, alcanzarán la vida eterna.
33. Pero, sobre todo, debemos señalar lo siguiente: Preguntarse si acaso, dándose en Dios ─como realmente se da con anterioridad a todo acto de su libre voluntad─ esa presciencia plena en grado máximo de la cualidad del uso futuro del libre arbitrio en cualquier orden de cosas, de la que hemos hablado hasta este momento, la predestinación eterna de Dios por parte de la voluntad divina se produciría según la presciencia del uso futuro del libre arbitrio ─como si en razón de la cualidad o a causa de la cualidad del uso previsto Dios decidiese distribuir de uno u otro modo sus auxilios y sus dones o bien predestinar a unos antes que a otros─ difiere en gran medida de preguntarse si acaso de esta presciencia ─de la que depende que, bajo el punto de vista del entendimiento y de la voluntad divinas, lo restante se considere predestinación o una providencia sólo con vistas a la beatitud─ hay una razón o, más bien, una condición por parte de la cualidad del uso futuro sin la cual Dios no la poseería, como si, a pesar de que la predestinación no se produzca a causa de la presciencia de la cualidad del uso previsto, sin embargo, no se produjese sin esta presciencia y como si hubiese noticia de la cualidad del uso futuro del arbitrio, pero no como medida o casi medida de los dones de Dios ─en tanto que condición por la que los dones previstos debiesen ser concedidos y los no previstos denegados─, sino como medida de aquello de lo que depende que, por una parte, en un momento del tiempo, con unos o con otros auxilios y dones en particular, el adulto alcance o no la vida eterna y, por otra parte, la voluntad de ayudarlo y proveerlo por medio de estos auxilios y dones, se considere predestinación o tan sólo una providencia con vistas a la beatitud.
34. La primera de estas cuestiones es la que hasta el día de hoy han discutido los Padres y Doctores escolásticos. Respecto a ella, junto a San Agustín, Santo Tomás y otros, afirmamos ─oponiéndonos a lo sostenido por los Doctores que hemos citado en el miembro 4─ que la predestinación no se produce en función de la presciencia de la cualidad del uso del libre arbitrio, como hemos explicado en este miembro ─sobre todo, en la conclusión 6─ y en el 4.
35. Sobre la segunda cuestión, los Padres y los Doctores escolásticos han hablado poco o nada, a pesar de que de la presciencia media ─que, según afirmamos, sin que nadie haya logrado contradecirnos, Dios posee, con anterioridad a todo acto libre de su voluntad, en relación a la determinación del arbitrio de las criaturas en uno o en otro sentido─ depende la conciliación legítima de la presciencia, la providencia y la predestinación con la libertad de nuestro arbitrio, así como el entendimiento legítimo de las Sagradas Escrituras; además, cuando esta presciencia lo es de la cooperación gracias a la cual se alcanza la vida eterna, dicha presciencia es lo que la predestinación del adulto añade a la providencia con vistas a su beatitud.
36. Por tanto, esta es nuestra novena conclusión: En el segundo sentido que hemos explicado, la predestinación de los adultos se produce en función de la presciencia del buen uso de su libre arbitrio y Dios tiene ─del modo que hemos explicado─ conocimiento de él cuando los predestina.
Demostración: En primer lugar: Leemos en Romanos, VIII, 29-30: «Porque a los que conoció de antemano, a ésos los predestinó a ser conformes a la imagen de su Hijo, para que éste sea el primogénito entre muchos hermanos; y a los que predestinó, a ésos también llamó &c.». En efecto, como la predestinación de los adultos se produce, de la manera que hemos explicado, en función de la presciencia del uso futuro de su libre arbitrio y, por consiguiente, la presciencia a la que San Pablo se refiere en este pasaje es previa y necesaria para la predestinación ─como bien comenta Dionisio el Cartujo─, por ello, San Pablo, usando unas palabras, relaciona la predestinación con la presciencia y, usando otras, relaciona la vocación con la predestinación y la justificación con la vocación, como observa Cayetano comentando este pasaje, aunque lo explica de distinta manera.
Para que esto se entienda mejor, hay que señalar que San Pablo previamente dice: «Sabemos que Dios hace concurrir todas las cosas para el bien de los que le aman, de los que según sus designios son llamados santos»; como demostración o explicación de esto, inmediatamente añade: «Porque a los que conoció de antemano, a ésos los predestinó &c.». Las palabras que San Pablo añade para explicar las anteriores («de los que según sus designios son llamados santos») se comentan según dos modos de explicar las palabras: «… de los que según sus designios son llamados santos». Pues San Juan Crisóstomo, Teodoreto, Teofilacto y otros muchos anteriores a San Agustín comentan las primeras palabras sin recurrir al designio y a la voluntad de Dios, sino al designio y a la voluntad de quienes son llamados, como si la vocación se produjese a causa de la presciencia del designio o del buen uso del libre arbitrio de aquellos que son llamados. Entonces explican las palabras siguientes de este modo: Pues a aquellos de quienes presupo que harían un buen uso de su arbitrio y, en razón de su libertad, serían conformes a la imagen de su Hijo, los predestinó para que así sucediese. Por tanto, según esta explicación, con mayor razón habría que decir que la predestinación se produce en función de una presciencia considerada en el segundo sentido, de la que ya hemos hablado en nuestra conclusión.
Sin embargo, esta explicación no se demuestra porque ─como con razón afirman en común los Doctores posteriores a San Agustín y como da a entender el contexto en el que aparecen las palabras de San Pablo, tanto en este pasaje, como en otros─ la vocación se produzca en función del designio de Dios, que distribuye los dones de su gracia según su deseo. Por tanto, cuando San Pablo explica las primeras palabras de tal modo que, según su costumbre, al mismo tiempo enseñe que no por ello desaparece la libertad de nuestro arbitrio, sino que está presente tanto en los hombres que son predestinados, como en los que son llamados según el designio de Dios, añade: «Porque a los que conoció de antemano (es decir, a aquellos de los que supo que, en razón de la libertad de su arbitrio, serían conformes a la imagen de su Hijo dada la hipótesis de que, por su parte, Él decidiese ayudarlos con los auxilios que, según su decreto, les otorga misericordiosamente), a ésos los predestinó»; es decir, los predestinó para que fuesen conformes a la imagen de su Hijo, decidiendo concederles estos mismos auxilios en un momento determinado del tiempo. Luego enumera los efectos de la predestinación eterna en función de la presciencia, diciendo: «… y a los que predestinó &c.». Sin lugar a dudas, el mejor modo de comentar este pasaje de San Pablo es recurriendo a esa presciencia que ─como bien señala Dionisio─ es previa y necesaria para la predestinación; esta no es otra que la ciencia media, a través de la cual Dios conoce qué va a suceder en razón de la libertad de arbitrio, habiendo recibido unos u otros dones y puesto en uno u otro orden de cosas, dada la hipótesis de que Dios decida conceder estos dones.
Del mismo modo que otras explicaciones de este pasaje son forzadas y peregrinas, así también, difieren entre de tal manera que apenas es posible encontrar dos que coincidan. En parte se muestra de acuerdo San Agustín, o quienquiera que fuese el autor del Hypognosticon, al comienzo del lib. 6, donde afirma: «Decimos que hay predestinación, cuando Dios prevé y previene o preordena algo que va a suceder y, por ello, Dios ─cuya presciencia no es accidental, sino que ha sido siempre y es esencia─ predestina todo aquello que presabe (entiéndase que preordena) que va a ser así antes de que lo sea. Predestina, porque presabe lo que va a suceder. Por ello, el apóstol también dice: Porque a quienes conoció de antemano, a ésos los predestinó. Pero no predestina todo lo que presabe. Pues lo malo sólo lo presabe; ahora bien, lo bueno lo presabe y lo predestina. Por tanto, predestina lo bueno gracias a su presciencia, es decir, lo preordena antes de que realmente suceda. Y en cuanto comienza a suceder, siendo Él autor, llama, ordena y dispone. De ahí que siga diciendo: y a los que predestinó, a ésos también llamó».
37. En segundo lugar: Leemos en Romanos, XI, 2: «No ha rechazado Dios a su pueblo, a quien de antemano conoció»; es decir, a aquellos de entre los judíos que, según la elección de la gracia, alcanzarán la salvación, como explica San Pablo un poco más adelante. En efecto, puesto que, para que cualquier adulto sea predestinado, son necesarias dos cosas, a saber, por una parte, la elección de Dios según su designio por la gracia ─es decir, la voluntad de conferir los auxilios de gracia a través de los cuales, según prevé, el predestinado alcanzará la vida eterna en razón de la libertad de su arbitrio─ y, por otra parte, la propia presciencia de que, en razón de su libertad, hará de estos auxilios un uso tal que llegará a la beatitud, por ello, las Sagradas Escrituras ─en un lugar y por una razón─ denominan «predestinación» a la elección según el designio divino y ─en otro lugar y por otra razón─ la denominan «presciencia»; también llaman «predestinados» a aquellos de quienes Dios ha previsto que, en razón de su arbitrio, llegarán a la beatitud.
38. En tercer lugar: Leemos en I Pedro, I, 1-2: «Pedro, apóstol de Jesucristo, a los elegidos extranjeros… elegidos según la presciencia de Dios Padre en la santificación del Espíritu para la obediencia &c.». Aquí también, por la misma razón, se dice que la elección se produce según la presciencia de Dios Padre.
39. En cuarto lugar: Leemos en II Pedro, I, 10: «Por lo cual, hermanos, procurad asegurar con buenas obras vuestra firme vocación y elección». Aquí se enseña claramente que del uso futuro del arbitrio de los elegidos en uno u otro sentido, en razón de su libertad, depende que su elección y vocación sean firmes o no. Aunque aquí parezca que se está hablando de una vocación y elección a la gloria por una garantía de la fe y de la gracia en virtud de las cuales ya tendrían derecho a ella y con seguridad llegarían a ella, salvo que la perdiesen por su propia negligencia y culpa ─y San Pedro les exhorta a obrar de tal modo que no pierdan esas garantías, en la medida en que de este modo su vocación es segura, y alcancen el fin para el que se les ha llamado de esta manera─, sin embargo, esto sirve muy bien para demostrar lo que sostenemos; pues de aquí se sigue que del uso futuro de su libre arbitrio, en uno u otro sentido, dependería la existencia del efecto de su predestinación y, por consiguiente, que desde la eternidad Dios haya poseído la presciencia de que, por este uso, alcanzarán la vida eterna y que desde la eternidad hayan sido predestinados.
40. En quinto lugar: Para que alcancemos la justificación y la salvación, Dios nos predestina del modo en que, en un momento determinado del tiempo, las alcanzamos, como afirma Santo Tomás en este lugar (argumento Sed contra) y como con razón repite a menudo Domingo de Soto en sus comentarios al cap. 9 de Romanos. No obstante, los adultos alcanzamos la justificación y la vida eterna con dependencia de que libremente lo queramos, de tal manera que el efecto íntegro de la predestinación depende simultáneamente de la voluntad libre de Dios y del influjo libre de nuestro arbitrio, estando en nuestra potestad no alcanzar la justificación, ni la salvación, como enseña la fe. Por tanto, que desde la eternidad hayamos sido predestinados a través de los medios por los que realmente hemos sido predestinados y alcanzaremos la vida eterna, no depende tan sólo de la voluntad divina en virtud de la cual Dios decide ayudarnos con estos medios, sino que al mismo tiempo también depende de la cooperación libre y del influjo previsto de nuestro arbitrio; por otra parte, la voluntad divina de ayudarnos de este modo no puede considerarse predestinación, salvo que conlleve la presciencia del libre influjo futuro de nuestro arbitrio.
41. Finalmente: Con los mismos auxilios divinos con los que uno alcanza la justificación y la salvación, otro no lo hace en razón de su libertad, y viceversa, como es evidente por lo que podemos leer en Mateo, XI, 21: «… si en Tiro y en Sidón…». Tampoco hay que dudar de que se han desviado hacia el infierno muchos hombres que recibieron de Dios auxilios mucho mayores que los que recibieron muchos que en el cielo disfrutan de la contemplación divina, entre los que parece que se encuentran los judíos que vieron a Cristo nuestro Señor predicando y haciendo milagros, de los cuales ─como nos recuerda San Pablo en Romanos, X, 21─ se quejó el Señor por boca de Isaías, diciendo: «Todo el día tendía yo mis manos a un pueblo rebelde, que iba por caminos malos, en pos de sus pensamientos, un pueblo que me incitaba a la ira descaradamente y sin cesar». También nuestro señor Jesucristo en Mateo, XXIII, 37, dice: «¡Cuántas veces quise reunir a tus hijos a la manera en que la gallina reúne a sus polluelos bajo las alas y no quisiste!». Pero que unos, con mayores auxilios, no hayan sido predestinados, ni salvados, y otros, con menores auxilios, lo hayan sido, se debe a que los primeros, en razón de su libertad innata, no han querido hacer de su arbitrio un uso tal que alcancen la salvación; y los segundos, sin embargo, lo han querido en grado máximo. Por tanto, que la voluntad eterna por la que Dios decide conferir a los adultos los medios a través de los cuales llegarán a la beatitud, se considere predestinación, depende ─como condición sin la cual no debería considerarse así─ de que los propios adultos, en razón de su libertad innata, hagan de su arbitrio un uso tal que lleguen a la beatitud y de que Dios prevea esto en virtud de la altitud de su entendimiento.
42. Debemos añadir lo siguiente: Aunque el uso previsto del libre arbitrio u otras circunstancias por parte del adulto a predestinar, no obliguen a Dios a tomar la decisión de proveerle y ayudarlo de este modo, sin embargo, Él puede tomar en consideración las circunstancias y el uso del libre arbitrio, siendo conveniente y muy conforme a la razón que obre así, como realmente sucede en numerosas ocasiones, en las que toma en consideración muchas de estas circunstancias y decide ─a causa de las circunstancias y del uso previsto─ cosas que de otro modo no decidiría, como claramente se colige de las Sagradas Escrituras. En efecto, si consideramos que entre los efectos de la predestinación se incluye el hecho de que Dios se adelante con la muerte a un hombre justo que, si viviese más tiempo, se condenaría en razón de su libertad, entonces, sin duda, cuando Dios lo predestina, tiene en cuenta la cualidad del uso previsto de su libre arbitrio. Esto es conforme a lo que leemos en Sabiduría, IV, 11-14: «Fue arrebatado, para que la maldad no pervirtiese su inteligencia y el engaño no extraviase su alma». Pues a Dios le plugo su alma y, a causa de ello, se apresuró en arrebatárselo a las maldades.
También, cuando en I Timoteo, I, 13, San Pablo dice de mismo: «… que primero fui blasfemo y perseguidor violento, pero fui recibido en misericordia, porque lo hacía por ignorancia en mi incredulidad»; está enseñando claramente que no habría sido recibido en misericordia, ni habría recibido una ayuda tan grande, si hubiese cometido sus pecados por maldad.
A causa del pecado de Saúl, del que se nos habla en I Samuel, XIII, Samuel le dijo:«Has obrado neciamente. Si no hubieses obrado así, Dios habría afirmado tu reino sobre Israel para siempre, pero ahora tu reino no durará».
En Génesis, XXII, 15-18, a causa de la conocida obediencia de Abraham, Dios le dijo: «… porque has hecho algo así y no has perdonado a tu hijo por mi causa, te bendeciré… y en tus descendientes serán benditas todas las naciones de la tierra, por haberme obedecido».
Según leemos en Hechos, X, Cornelio fue llamado a la fe de Cristo por sus oraciones y limosnas.
Es cosa evidente, por lo que podemos leer en las Sagradas Escrituras, que cuanta mayor diligencia ponen los justos en honrar a Dios, tanto mayores y más abundantes son los auxilios con que Dios suele ayudarlos, para que perseveren en la gracia y crezcan en ella. Pues, según leemos en Mateo, XXV, 28, y en Lucas, XIX, 25, Dios manda que se le quite el talento a aquel que obró con desidia y ordena que se le entregue a quien trabajó más que nadie y era más rico que todos los demás: «Quitadle el talento y dádselo al que tiene diez, porque al que tiene se le dará y abundará; pero a quien no tiene, aun lo que tiene se le quitará».
Es más, del mismo modo que Dios suele permitir un pecado como castigo de otro pecado, así también, por las limosnas y otras obras moralmente buenas realizadas por alguien en pecado mortal, a menudo Dios acostumbra a ayudar más rápido y en mayor medida a uno que a otro, para que abandone el pecado; por ello, estas obras con razón suelen denominarse «disposiciones remotas para la gracia».
Además, para concluir nuestra doctrina, vamos a añadir ─en términos genéricos─ a lo que hemos dicho hasta aquí una proposición menor: A causa del buen o mal uso futuro del libre arbitrio, previsto por Dios dada la hipótesis de que Él quiera establecer uno u otro orden de cosas, desde la eternidad Dios decide conferir los auxilios y los dones que confiere en un momento determinado del tiempo, a causa de algún buen uso antecedente del libre arbitrio, y también decide, a causa de un mal uso antecedente del libre arbitrio, permitir los pecados o infligir un castigo.
43. También, en lo que se refiere a la exaltación, la alabanza y el honor de Cristo y su santísima madre, me parece muy verosímil no sólo que Dios hubiese decidido conferir a sus dos almas santísimas dones más excelentes, sino que también hubiese previsto que éstas, en razón de su libertad innata, harían de su arbitrio un uso mejor que las demás y, por ello, hubiesen sido elegidas antes que las demás para una dignidad tan grande.
44. Por todo lo dicho, será fácil entender, por una parte, la diferencia máxima que media entre la predestinación de Cristo ─en tanto que fue predestinado en función de su naturaleza humana para ser al mismo tiempo Hijo de Dios por unión hipostática─ y la predestinación de los demás hombres adultos en Cristo y por Cristo y, por otra parte, la semejanza que hay entre ambas.
La diferencia es la siguiente: Como a la naturaleza humana no puede conducírsele hacia la unión hipostática a través del uso de su arbitrio, sino tan sólo a través de Dios, por ello, en la predestinación de Cristo en cuanto hombre para ser al mismo tiempo Hijo de Dios, no se tuvo en consideración de ningún modo ─con vistas a esta predestinación─ el uso previsto de su libre arbitrio; sin embargo, como los hombres adultos son predestinados para la vida eterna en Cristo y por Cristo de tal modo que, por medio de su arbitrio ─apoyado en la gracia, los auxilios y los méritos de Cristo─, lleguen a ella, en caso de que ellos mismos quieran, por ello, el uso de su libre arbitrio debe tenerse en cuenta, como ya hemos explicado.
La semejanza es la siguiente: Como todos los auxilios y medios sobrenaturales a través de los cuales Dios los predestina, se conceden por mediación de Cristo y, por consiguiente, derivan ─como de una fuente─ de la predestinación de Cristo en cuanto hombre, por ello, del mismo modo que la predestinación de Cristo en cuanto hombre para ser simultáneamente Hijo de Dios, no se debió a los méritos o a algún uso del libre arbitrio de Cristo, tampoco la predestinación de los demás hombres en relación al efecto íntegro de su predestinación y, por consiguiente, a la concesión de los auxilios y de la gracia que ─a partir de esta predestinación y de los méritos de Cristo─ se derivan hacia cada uno de los predestinados, se debe a los méritos o a algún buen uso de su libre arbitrio que anteceda a estos dones, sino que, de manera puramente gratuita, se debe tan sólo a la voluntad de Dios. San Agustín en De praedestinatione sanctorum (cap. 15) ─que ya hemos citado en el miembro 6─ habla de esta semejanza entre nuestra predestinación y la de Cristo y, sin embargo, no niega, ni puede negar, la diferencia que hemos señalado.
45. Finalmente, esta es nuestra última conclusión: Que el plan de la providencia para con los niños y la voluntad divina de conferirles los medios a través de los cuales lleguen a la beatitud, se consideren predestinación, no sólo depende de la propia unión libre de sus padres dirigida a su procreación, así como también de las demás cosas de las que depende la protección de la prole hasta el momento de recibir el remedio contra el pecado original, sino que también depende de la propia aplicación libre de este remedio, sea quien sea el que lo aplique.
Demostración: Si estos niños no fuesen a nacer, ni fuesen protegidos hasta el momento en que se les aplicase el remedio contra el pecado original, entonces del mismo modo que nunca alcanzarían la vida eterna, tampoco serían predestinados. Por tanto, puesto que el hecho de que nazcan, sean protegidos y se les aplique el remedio contra el pecado original, depende de la libre operación de otro ─que de hecho podría no producirse─, por ello, que la voluntad divina de conferirles estos medios y proveerles de este modo, se considere predestinación, depende de la operación libre de otros.
Por esta misma razón, puesto que, para que un adulto predestinado llegue a la beatitud, es necesario que previamente haya nacido, por ello, la operación libre de la que depende su nacimiento, es también aquello de lo que depende que la voluntad divina ─en cuanto está en Dios─ de conferirle los medios por los que alcanzará la vida eterna, se considere predestinación.