Concordia do Livre Arbítrio - Parte I 13

Parte I - Sobre as capacidades do livre-arbítrio para praticar o bem

Disputa XIII: Sobre la esperanza y por qué no es necesario tratar de la dilección de Dios al margen de la contrición

1. Sobre la esperanza y otros actos que, aparte de la fe, concurren en la justificación del adulto, no es necesario decir ahora con qué auxilios de la gracia previniente y excitante reciben el ser sobrenatural necesario para la justificación: porque esto es fácilmente inteligible según lo que hemos dicho en las disputas anteriores sobre la esperanza y sobre la contrición y la atrición; y porque, como hemos dicho en nuestra disputa octava, explicaremos este punto por extenso y con precisión más adelante.
2. Respecto a la substancia del acto de la esperanza, no tendremos que extendernos en nuestra disputa, después de lo que ya hemos dicho sobre la fe. En efecto, cualquiera admitirá fácilmente que ─una vez que el entendimiento ha asentido a las revelaciones─ en la facultad del libre arbitrio está, sólo con el concurso general de Dios, realizar el acto ─aunque no el sobrenatural que se requiere para alcanzar la salvación, sino el puramente natural─ de esperar por parte de Dios lo que Él nos ha revelado y nos ha prometido; por esta razón, este acto recibe el nombre de «esperanza»; pero no sería todavía la esperanza cristiana, sino tan sólo una esperanza por su substancia como acto. Pues este acto no posee una dificultad mayor que la que posee el acto de asentir a las revelaciones, sino mucho menor. Ciertamente, una vez que hemos realizado el acto por el que asentimos y reconocemos como verdadero lo que se nos promete, en relación a esto podemos realizar ─en virtud de nuestras fuerzas─ el acto de esperar más fácilmente que el primer acto por el que nos hemos persuadido de que no sólo eso es verdadero, sino también muchas otras cosas. Si ─como declara el Concilio de Trento, ses. 6, cap. 9─ los herejes y los cismáticos pueden tener ─como sucede en nuestros tiempos─ una confianza tal que les lleve a creer con seguridad y sin dudar que los pecados les han sido perdonados ─como si aquel que no creyese esto, ni se persuadiese de ello con audacia, dudase de las promesas, de la muerte y de la eficacia de la muerte y resurrección de Cristo─, aunque nadie dirá que poseen esta confianza por el auxilio sobrenatural de Dios, ¿con cuánta mayor razón no deberá admitirse que las fuerzas solas de nuestro arbitrio, con el concurso general de Dios, pueden realizar el acto de esperanza, aunque no la cristiana, sino la puramente natural? Añádase que judíos y herejes esperan de Dios lo mismo que nosotros; ahora bien, nadie podrá sostener que Dios los ayuda de modo sobrenatural a esperarlo.
Pero no vamos a tratar de la dilección de Dios al margen de la contrición, porque la contrición la incluye. Por esta razón, de lo que nos hemos propuesto explicar en la disputa séptima, sólo nos resta examinar lo que vamos a proponer en la siguiente cuestión.