Concordia do Livre Arbítrio - Parte I 4

Parte I - Sobre as capacidades do livre-arbítrio para praticar o bem

Disputa IV: Hasta dónde llegan las fuerzas del libre arbitrio en el estado de inocencia

1. Para comenzar por el segundo estado de los que hemos explicado en la disputa anterior, vamos a ofrecer el parecer común de los Padres y de Santo Tomás (Summa Theologica, 1. 2, q. 109, a. 2, 3 y 8; a. 10 ad tertium), a saber: en el estado de inocencia, en virtud de la justicia original, que reprimía a las fuerzas sensitivas para que no luchasen contra la razón y era la causa de que el cuerpo no se fatigase, ni sufriese ninguna molestia al ejecutar obras virtuosas y obedecer a la recta razón y a la ley de Dios, el hombre pudo, por medio de su libre arbitrio y sólo con el concurso general de Dios, sin recibir ningún otro auxilio especial, cumplir toda la ley de manera substancial, pero siempre que no obligase a nada sobrenatural; por ello, podía evitar todo pecado ─tanto venial, como mortal─ durante todo el tiempo que quisiese, aun siendo éste prolongadísimo. En efecto, como el hombre podía realizar todo esto sin sufrimiento, ni hastío y con suma facilidad; como sólo tenía tentaciones exteriores a él y tentaciones apetitivas de excelencia y alabanza de voluntad y entendimiento; y como, finalmente, al estar provisto de una serenidad de pasiones y de dones elevados, podía superar todas las tentaciones con facilidad; por ello, no había razón para que no pudiese cumplir toda la ley en virtud de su libre arbitrio tanto tiempo como quisiese y evitar todo pecado mortal y venial.